Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210510-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

122
Madrid número 12. Procedimiento 926/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 926/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EDUARDO HOYOS MORENO, D./Dña. ESTHER GARCÍA VELASCO, D./Dña. CARMEN FERNANDEZ DE CASTRO, D./Dña. MIHAELA NECULINA RAILEANU y D./Dña. YOLANDA GARCIA GARCIA frente a AZPE SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo aclarar la sentencia recaída en este proceso, haciendo constar en el Fallo de la misma que la cantidad adeudada a D.ª Esther García Velasco es de 2538,16 €, a D.ª Yolanda García García de 2867,26 €, a D.ª Carmen Fernández de Castro de 2505,27 €, a D.ª Mihaela Neculina Raileanu de 1524,63 €, y a D. Eduardo Hoyos Moreno de 5000,71 €.

Asimismo debe aclararse, en el encabezamiento de la demanda, que la misma ha sido presentada por D.ª Esther García Velasco y otros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, así como contra la sentencia que aclara, recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.

D./Dña. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AZPE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.057/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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