Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210510-228

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

228
Móstoles número 1. Ejecución 27/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 27/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Juan Antonio Perez Bravo frente a ALIMENTARIA 92, S.A., D./Dña. Lorenzo López Díaz y CARNES LORENZO LOPEZ GARCIA DEL REAL, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguiente resoluciones:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. Juan Antonio Pérez Bravo, frente a la demandada CARNES LORENZO LOPEZ GARCIA DEL REAL, S.L., D./Dña. Lorenzo López Díaz y ALIMENTARIA 92, S.A., parte ejecutada, por un principal de 7.150 euros (6.500 euros + 10% de interés de mora), más 1.000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000 64-0027-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez

D./Dña. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Se acuerda el embargo de los saldos de CARNES LORENZO LOPEZ GARCIA DEL REAL, S.L., D./Dña. Lorenzo López Díaz y ALIMENTARIA 92, S.A. a favor del ejecutante en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas.

La empresa CARNES LORENZO LOPEZ GARCIA DEL REAL, SL figura de baja desde el 2.3.2010

La empresa ALIMENTARIA 92 SA figura de baja desde el 13.5.2017

LORENZO LOPEZ DIAZ figura dado de baja del régimen de autónomos y no consta que esté trabajando para ninguna empresa.

No figuran ningún bien a nombre de ninguna de las partes ejecutadas.

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 7.150 euros de principal; 1.000 euros calculados para intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado CARNES LORENZO LOPEZ GARCIA DEL REAL, S.L., ALIMENTARIA 92, S.A. y D./Dña. Lorenzo López Díaz, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

Y para que sirva de notificación en legal forma a CARNES LORENZO LOPEZ GARCIA DEL REAL, S.L., ALIMENTARIA 92, S.A. y D./Dña. Lorenzo López Díaz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a trece de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.241/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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