Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2021

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210513-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ANUNCIO de 27 de abril de 2021, del acto de adhesión de la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, al convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la Consejería de Sanidad, en relación con la consolidación y desarrollo del programa BIFAP (base de datos para la investigación farmacoepidemiológica en el ámbito público).

Don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la misma, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999 de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid en relación con lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

MANIFIESTA

Primero

Que la Comunidad de Madrid ha acordado adherirse al Convenio publicado en el “Boletín Oficial del Estado” número 42, de 18 de febrero de 2021, suscrito entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, y la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la consolidación y desarrollo del programa BIFAP, base de datos de investigación farmacoepidemiológica.

Segundo

La voluntad de la Comunidad de Madrid, cuya representación ostenta, de adherirse expresamente a todas y cada una de las estipulaciones del Convenio mencionado, asumiendo las obligaciones derivadas del mismo y con sujeción a todas sus estipulaciones. De manera que todas las menciones realizadas en el citado Convenio a la Comunidad Autónoma de Cantabria se entienden también referidas con esta adhesión a la Comunidad de Madrid.

Tercero

La Comisión de Seguimiento a la que se refiere la cláusula séptima estará formada por los siguientes miembros por parte de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid:

— El/la titular del órgano directivo competente en materia de gestión y control de la prestación farmacéutica, o persona en quien delegue.

— El/la titular del órgano directivo competente en materia de Atención Primaria, o persona en quien delegue.

— El/la titular del órgano directivo competente en materia de sistemas de información sanitaria, o persona en quien delegue.

— El/la titular de cualquier otro órgano directivo, o persona en quien delegue, responsable de las fuentes de información o recursos que se incorporen por parte de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid al programa BIFAP y que, por decisión de la Comisión de Seguimiento, se considere necesario que formen parte de la misma en cualquier momento de la vigencia del Convenio y sus prórrogas.

En prueba de la conformidad del presente Acto de Adhesión al Convenio, se suscribe el mismo en un único ejemplar electrónico.

Madrid, a 27 de abril de 2021.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(03/15.572/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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