Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210513-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Villaverde

55
Madrid. Régimen económico. Distrito de Villaverde. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Decreto de 26 de abril de 2021, del concejal-presidente del Distrito de Villaverde, por sustitución, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2021-2022.

BDNS (identif.):561988 y 561989

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Villaverde y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).

Segundo. Objeto.—Las finalidades de esta Convocatoria son la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del distrito de Villaverde que, en los años 2021 y 2022 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que ésta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de vista personal, económico y social.

Deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Y utilizarse una comunicación inclusiva.

La convocatoria está destinada a financiar proyectos destinados a fortalecer las relaciones entre asociados y a promover la incorporación de nuevas personas. Además el contenido del proyecto deberá incluir la perspectiva de género y fomentar el principio de igualdad entre mujeres y hombres. Otra finalidad es garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las entidades del distrito mediante la modalidad de gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sedes sociales y otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual. No podrán concederse subvenciones bajo la modalidad de gastos de mantenimiento para aquellos locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid a la entidad.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria ordinaria 2021 asciende a 185.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:

— Modalidad de Proyectos: 165.000 euros.

— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 20.000 euros, cuyo desglose es el siguiente:

• Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 10.000 euros.

• Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 10.000 euros.

El importe del 2022 asciende a 185.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:

— Modalidad de Proyectos: 165.000 euros.

— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 20.000 euros, cuyo desglose es el siguiente:

• Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 10.000 euros.

• Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 10.000 euros.

La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—En la convocatoria ordinaria 2021 el plazo de presentación será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En la convocatoria anticipada 2022 el plazo de presentación de solicitudes será del 10 de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.

Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva.

Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como solicitud de subvención en la presente convocatoria.

Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.

Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de Sedes Sociales, junto a la solicitud de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.

Límites:

Los límites serán idénticos en las convocatorias 2021 y 2022.

En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 25.000 euros, impuestos incluidos y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 10.000 euros.

En la modalidad de gastos de mantenimiento de sede social u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.

No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 2.500 euros.

La cuantía solicitada para los gastos de equipamiento de sede social no podrá ser superior a 1.250 euros.

No podrán participar en estas convocatorias las entidades beneficiarias de una subvención en régimen de concesión directa otorgada por el Área de Gobierno de Vicealcaldía durante la anualidad 2021 y/o 2022.

Madrid, a 26 de abril de 2021.—El concejal-presidente del Distrito de Villaverde, por sustitución, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

(03/16.177/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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