Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210514-185

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

185
Madrid número 34. Procedimiento 1127/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1127/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MOHAMMED OUASSIF ABBAZ frente a IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SA OPERADORA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución: DECRETO DE 13/04/2021, que es del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA.- En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en el día señalado para los actos de conciliación y/o juicio comparecen:

PARTE DEMANDANTE: llamado el demandante no ha comparecido, no obstante estar citado en legal forma.

PARTE DEMANDADA: la letrada Dª ANA MATEOS BADIA, colegiado del ICAM 67073, en representación de IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SA OPERADORA. Acredita la representación mediante Escritura de poder general para pleitos con facultades especiales otorgado en Madrid el 16/12/2010 ante notario D. Antonio Fernández-Golfín, nº de protocolo 3200, cuyo original exhibe y retira en este acto.

Paso a dar cuenta, doy fe.

NÚMERO RESOLUCIÓN: 339/2021

DECRETO

En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La presente demanda ha sido promovido por D./Dña. MOHAMMED OUASSIF ABBAZ, figurando como parte contraria IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SA OPERADORA.

SEGUNDO.- La parte demandante que ha sido citada en legal forma, no ha comparecido el día y a la hora que estaba señalada, ni ha alegado causa para justificar su inasistencia.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Dispone el artículo 83.2º de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que, si el actor citado en forma no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, por lo que procede tener por desistido al solicitante del procedimiento planteado.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. MOHAMMED OUASSIF ABBAZ de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MOHAMMED OUASSIF ABBAZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.178/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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