Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210518-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

152
Móstoles número 1. Ejecución 179/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 179/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON DAVID LÓPEZ DE LA OSA frente a GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S. L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de aclaración del decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda subsanar el defecto advertido en decreto de fecha 24/3/2021, consistente en que el importe por el que se declara la insolvencia de la empresa GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONAS INMOBILIARIAS, S. L., asciende a 2.357,14 euros de principal, más 350 euros presupuestados para intereses y costas.

Por error se declaró la insolvencia de la demandada por importe de 1.357,14 euros de principal, más 149 euros calculados para intereses y costas, siendo el importe correcto 2.357,14 euros de principal., más 350 euros calculados para intereses y costas.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este Decreto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 21 de abril de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.517/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210518-152