Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2021

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210518-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Sexta. Procedimiento 78/2021

SALA DE LO SOCIAL

Sección Sexta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ENCARNACION EGIDO TRILLO-FIGUEROA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección Sexta de lo Social.

Hago saber: Que en el procedimiento 78/2021 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de PATRONATO SOCIOCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS y AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS frente a Dña. MERCEDES CUEVAS SANCHEZ y GRUPO EXCELTIA SA sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

“FALLAMOS

Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de PATRONATO SOCIOCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENCAS y del AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS contra la sentencia de fecha n 3 de octubre de 2020 dictada por el Juzgado de lo social nº 3 de Madrid, en autos nº 1360/2019, seguidos a instancia de MERCEDES CUEVAS SÁNCHEZ contra PATRONATO SOCICULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS y GRUPO EXCELTIA SA, en reclamación por DESPIDO y CANTIDAD, confirmando la misma. Se condena a la parte recurrente a que abone a la parte impugnante del recurso la cantidad de 700,00 euros en concepto de honorarios de abogado”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “GRUPO EXCELTIA, S. A.”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 20 de abril de 2021

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.481/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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