Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210518-93

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

93
Madrid número 14. Procedimiento 3/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 3/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON GEORGY VASILENKO, DON LUIS NAVIDAD SERRANO, DOÑA LORENA OTERO RODRIGO, DON ROBERT SILLA AGUADO, DON EDUARDO REDONDO GIL, DON ROBERTO SALERNO RÍOS, DON IVÁN CAÑETE MOLINA, DOÑA RAQUEL HERNANDO SANZ, DON KRZYSZTOF WISNIEWSKI JASTSZEBSKI, DON JOAN CASTELLO ARÁNDIGA, DON FRANCISCO GUILLÉN GIL, DOÑA LAURA SALCEDO RUBIO, DON CARLOS JESÚS CASADO TARÍN, DOÑA ANE MATXAIN GALDÓS, DON JOSEP TRESCOLI SANZ, DON JUAN JOSÉ GUILLEM PIQUERAS, DON CARLOS BARRIGA, DON MIGUEL ÁNGEL ALONSO MARTÍNEZ, DON IGNACIO Múzquiz, DON JUAN MANUEL AMBROA MARTIN, DON ADÁN DELGADO ILLADA, DON VÍCTOR MANUEL ANCHEL ESTEBAS, DON YOON IN CHANG CHUNG, DOÑA CRISTINA POZAS TARAPIELLA, DON JOAQUÍN FERNÁNDEZ DIAZ, DOÑA NEREA MARTIN AGUIRRE, DON MARIO JESÚS PÉREZ BLANCO, DON ADAM HUNTER, DON EDUARDO RAIMUNDO BELTRÁN, DON RAMON MASCAROS VILLAR, DON ANTONIO CÁRDENAS PLAZA, DOÑA ANA LLORENS MORENO, DOÑA MARÍA PAZ HERRERO LIMÓN, DON JAVIER BALAGUER DOMÉNECH, DON ÁLVARO OCTAVIO DIAZ, DON CARLOS MALONDA ATIENZAR, DOÑA BARBARA VEIGA MARTÍNEZ, DON JORDI NAVARRO MARTIN, DON RAFAEL GÁLVEZ LAGUNA, DOÑA LAURA ASENSIO LÓPEZ, DOÑA MARÍA DEL MAR RODRÍGUEZ CARTAGENA, DON STEFANO POSTINGHEL, DOÑA KREMENA GANCHEVA KAYKAMDJOZOVA, DOÑA LAURA CALDERÓN LÓPEZ, DON EDMUNDO VIDAL VIDAL, DOÑA MARIANA CORES GOMENDIO, DON JUAN CARLOS MATAMOROS CUENCA y DOÑA NURIA BONET MAJO frente a INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.º 56/2021

En Madrid, a 24 de febrero de 2021.

FALLO

1.º Que teniendo a DON JUAN JOSÉ GUILLEM PIQUERAS por desistido de las demandas que sobre reclamación de cantidad ha interpuesto contra el INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA, debo absolver y absuelvo a éste sin entrar en el fondo del asunto.

2.º Que estimando las demandas que en materia de reclamación de cantidad han interpuesto DON JAVIER BALAGUER DOMÉNECH, DON JUAN CARLOS MATAMOROS CUENCA, DOÑA NURIA BONET MAJÓ, DON MIGUEL ÁNGEL ALONSO MARTÍNEZ, DON JUAN MANUEL AMBROA MARTÍN, DON ANTONIO CÁRDENAS PLAZA, DON CARLOS JESÚS CASADO TARÍN, DON CARLOS BARRIGA, DON RAMÓN MASCARÓS VILLAR, DON ROBERTO SALERNO RÍOS, DOÑA RAQUEL HERNANDO SANZ, DON ADAM HUNTER, DON EDMUNDO VIDAL VIDAL, DON FRANCISCO GUILLÉN GIL, DOÑA LORENA OTERO RODRIGO, DOÑA YOON-IN CHANG CHUNG, DON JOSEP TRESCOLI SANZ, DON EDUARDO RAIMUNDO BELTRÁN, DOÑA MARIANA CORES GOMENDIO, DON IVÁN CAÑETE MOLINA, DON ÁLVARO OCTAVIO DÍAZ, DON JORDI NAVARRO MARTÍN, DON ROBERT SILLA AGUADO, DON CARLOS MALONDA ATIENZAR, DON ADÁN DELGADO ILLADA, DON JOAQUÍN FERNÁNDEZ DÍAZ, DON STEFANO POSTINGHEL, DON EDUARDO REDONDO GIL, DOÑA MARÍA PAZ HERRERO LIMÓN, DOÑA BÁRBARA VEIGA MARTÍNEZ, DON LUIS NAVIDAD SERRANO, DOÑA ANA LLORENS MORENO, DOÑA ANE MATXAIN GALDÓS, DON RAFAEL GÁLVEZ LAGUNA, DOÑA LAURA SALCEDO RUBIO, DON VÍCTOR MANUEL ANCHEL ESTEBAS, DON MARIO JESÚS PÉREZ BLANCO, DON JOAN CASTELLÓ ARÁNGIGA, DOÑA NEREA MARTÍN AGUIRRE, DOÑA LAURA CALDERÓN LÓPEZ, DOÑA CRISTINA POZAS TARAPIELLA, DON KRZYSZTOF WISNLEWSKI JASTSZABSKI, DOÑA MARÍA DEL MAR RODRÍGUEZ CARTAGENA, DOÑA LAURA ASENSIO LÓPEZ, DON GREGORY VASILENKO y DON JORDI NAVARRO MATÍN contra INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA, debo condenar y condeno a éste a que abone a los actores las siguientes cantidades:

— DON JAVIER BALAGUER DOMÉNECH: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON JUAN CARLOS MATAMOROS CUENCA: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA NURIA BONET MAJÓ: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON MIGUEL ÁNGEL ALONSO MARTÍNEZ: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON JUAN MANUEL AMBROA MARTÍN: Total bruto de 2.567,12 euros.

— DON ANTONIO CÁRDENAS PLAZA: Total bruto de 2.562,14 euros.

— DON CARLOS JESÚS CASADO TARÍN: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON CARLOS BARRIGA: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON RAMÓN MASCARÓS VILLAR: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON ROBERTO SALERNO RÍOS: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA RAQUEL HERNANDO SANZ: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON ADAM HUNTER: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON EDMUNDO VIDAL VIDAL: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON FRANCISCO GUILLÉN GIL: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA LORENA OTERO RODRIGO: Total bruto de 1.735,00 euros.

— DOÑA YOON-IN CHANG CHUNG: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON JOSEP TRESCOLI SANZ: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON EDUARDO RAIMUNDO BELTRÁN: Total bruto de 2.565,94 euros.

— DOÑA MARIANA CORES GOMENDIO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON IVÁN CAÑETE MOLINA: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON ÁLVARO OCTAVIO DÍAZ: Total bruto de 902,72 euros.

— DON JORDI NAVARRO MARTÍN: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON ROBERT SILLA AGUADO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON CARLOS MALONDA ATIENZAR: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON ADÁN DELGADO ILLADA: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON JOAQUÍN FERNÁNDEZ DÍAZ: Total bruto de 2.273,59 euros.

— DON STEFANO POSTINGHEL: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON EDUARDO REDONDO GIL: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA MARÍA PAZ HERRERO LIMÓN: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA BÁRBARA VEIGA MARTÍNEZ: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON LUIS NAVIDAD SERRANO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA ANA LLORENS MORENO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA ANE MATXAIN GALDÓS: Total bruto de 1.191,91 euros.

— DON RAFAEL GÁLVEZ LAGUNA: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA LAURA SALCEDO RUBIO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON VÍCTOR MANUEL ANCHEL ESTEBAS: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON MARIO JESÚS PÉREZ BLANCO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON JOAN CASTELLÓ ARÁNGIGA: Total bruto de 1.042,52 euros.

— DOÑA NEREA MARTÍN AGUIRRE: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA LAURA CALDERÓN LÓPEZ: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA CRISTINA POZAS TARAPIELLA: Total bruto de 1.359,75 euros.

— DON KRZYSZTOF WISNLEWSKI JASTSZABSKI: Total bruto de 1.337,08 euros.

— DOÑA MARÍA DEL MAR RODRÍGUEZ CARTAGENA: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DOÑA LAURA ASENSIO LÓPEZ: Total bruto de 2.272,86 euros.

— DON GREGORY VASILENKO: Total bruto de 2.577,23 euros.

— DON JORDI NAVARRO MATÍN: Total bruto de 2.577,23 euros.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con n.º 2512-0000-00-0003-18 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2512-0000-00-0003-18.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en sus art. 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la condición de trabajadores, o con la limitación establecida en el art. 1. 3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DON JUAN JOSÉ GUILLEM PIQUERAS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 21 de abril de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.499/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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