Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210519-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

208
Madrid número 40. Ejecución 161/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 307/2018 ejecución 161/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADOLFO JOFRE INTRIAGO LINDAO frente a PROYECTOS OBRAS Y TRABAJOS ESPECIALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1.000,21 euros de principal; 51,73 euros de intereses y 103,46 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado PROYECTOS OBRAS Y TRABAJOS ESPECIALES SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a PROYECTOS OBRAS Y TRABAJOS ESPECIALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.774/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210519-208