Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2021

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210519-33

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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RESOLUCIÓN conjunta de 10 de mayo de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza; de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, mediante la superación de pruebas de conocimientos.

De conformidad con lo establecido en la Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, de la Comunidad de Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril, se publicó Resolución conjunta de 8 de enero de 2020, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza; de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid.

Finalizado el proceso establecido en dichas normas, examinado el conjunto del expediente y vista la lista de los candidatos que han superado el procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, propuesta por los Presidentes de los respectivos Tribunales, las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza; de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y de Recursos Humanos, en uso de las atribuciones recogidas en la base decimotercera de la Resolución de convocatoria,

RESUELVEN

Primero

Lista definitiva de candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, mediante la superación de pruebas de conocimientos

Aprobar la lista definitiva de los candidatos que, en aplicación de lo establecido en la Orden 1275/2014, de 11 de abril, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril, y la Resolución conjunta de 8 de enero de 2020, han superado el procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid mediante la superación de pruebas de conocimientos y que se incluyen como Anexo I de esta Resolución.

De acuerdo con lo establecido en la base decimotercera de la citada Resolución de 8 de enero de 2020, las alegaciones presentadas a la lista provisional que no se hayan recogido en la lista definitiva se entenderán desestimadas.

Segundo

Validez y Certificados acreditativos de la habilitación lingüística

Los efectos de la habilitación serán válidos desde el día siguiente a la emisión de la acreditación correspondiente y quedará sin efecto cuando hayan transcurrido cinco cursos escolares consecutivos completos sin impartir docencia en el idioma correspondiente dentro del programa bilingüe, tal y como establece la citada Orden 1275/2014, de 11 de abril.

Aquellos candidatos que figuran en el Anexo I de esta Resolución podrán recoger los correspondientes Certificados Acreditativos de la habilitación lingüística según las siguientes indicaciones:

a) Candidatos que han participado para centros públicos: A partir del día 24 de mayo de 2021, el Certificado puede solicitarlo en la siguiente dirección: habilitacion@ madrid.org, indicando sus datos personales y DNI. Una vez comprobados los datos, será remitido, firmado digitalmente, a la dirección que figure en la solicitud.

b) Candidatos que han participado para centros privados concertados: “Para los candidatos de los centros privados concertados, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio remitirá al propio centro, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el certificado acreditativo a través del servicio de notificaciones electrónicas (NOTE), pudiendo el interesado recogerlo en el mismo.

En el caso de que el candidato desee ser notificado por un medio diferente, podrá solicitarlo mediante un correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: convocatoriasconcertada@madrid.org”.

Tercero

Candidatos que han superado la primera fase

Publicar la relación de los candidatos que han superado la primera fase de la prueba para la valoración de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, sin haber superado el procedimiento de habilitación, que estarán exentos de su realización en las tres convocatorias siguientes a esta, tal como se regula en la base novena de la citada Resolución conjunta de 8 de enero de 2020, y que figuran en el Anexo II de esta Resolución.

Cuarto

Recursos

De conformidad con lo establecido en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra esta Resolución por la que se aprueba la lista definitiva en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación ante la Viceconsejería de Política Educativa y Ciencia, para los profesores de centros privados concertados, y ante la Viceconsejería de Organización Educativa, en el caso de los docentes de centros públicos.

Madrid, a 10 de mayo de 2021.—La Directora General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, Mercedes Marín García.—El Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Manuel Bautista Monjón.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

















(03/17.280/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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