Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210521-82

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia número 01263 y 1287/2021, de 28 de abril de 2021 y 4 de mayo, se hace público lo siguiente:

Primero.—Tomar conocimiento del pase del concejal de esta Corporación don Pedro Cocho Gómez a la condición de concejal no adscrito, por abandono del grupo municipal del Partido Popular, en el que estaba integrada, por aplicación del artículo 73 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, tomando como fecha de pase a dicha condición la del 1 de mayo de 2021.

Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el señor Cocho Gómez tendrá derecho a percibir las cantidades asignadas en concepto de asistencias a sesiones del Pleno y de las Comisiones Informativas, en los términos y cantidades fijadas por el Pleno de la Corporación.

Tercero.—Notificar esta resolución al interesado, al grupo municipal del Partido Popular y a los portavoces de los grupos municipales.

Cuarto.—Este acuerdo se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el portal de transparencia municipal, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Púbica y Buen Gobierno, y del artículo 15 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

En Villaviciosa de Odón, a 6 de mayo de 2021.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.

(03/16.914/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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