Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2021

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210521-88

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

88
Madrid. Sección Decimoctava. Procedimiento 47/2020

Sección Decimoctava

EDICTO

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, secretario de la Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid.

Certifico: Que en el recurso de apelación número 47/2020 se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 297/2020

Tribunal que lo dicta:

Ilustrísima señora presidenta: doña Guadalupe de Jesús Sánchez.

Ilustrísimos señores magistrados: don Pedro Pozuelo Pérez y don Jesús C. Rueda López.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2020. El anterior escrito presentado por la procuradora señora Gili Ruiz, únase.—La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores magistrados expresados anteriormente, ha visto en grado de apelación los autos sobre declaración de que el demandante es miembro de pleno derecho de la Junta y de nulidad acuerdos de la mismas, procedentes del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante, don Fernando Suárez González, representado por el procurador don Ramón Rodríguez Nogueira; y, de otra, como apelado impugnante demandado, doña Ana Rosa de Arteaga del Alcázar, doña Carla María de Arteaga del Alcázar y don Iván de Arteaga del Alcázar, representada por la procuradora doña María del Valle Gili Ruiz, como apelada demandada doña Almudena de Arteaga del Alcázar, representada por el procurador don Eduardo José Manzanos Llorente, como interviniente apelado don José María Sánchez García, representado por la procuradora doña María Susana Sánchez García, y, como apelado demandado no comparecido, el Real Colegio de San Clemente de los Españoles de Bolonia, seguidos por el trámite de procedimiento ordinario.

Visto, siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Pedro Pozuelo Pérez.

Fallamos

Que debemos estimar y estimamos el recurso apelación interpuesto por la procuradora de los tribunales señora Rodríguez Nogueira, en nombre y representación que ostenta contra la sentencia dictada las presentes actuaciones por la magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, de 25 de octubre de 2017, a que el presente rollo se contrae, y, en consecuencia, con revocación de la meritada resolución declarando la competencia de la jurisdicción española para conocimiento del asunto, debemos estimar y estimamos la demanda interpuesta, declarando que don Fernando Suárez González es miembro de pleno derecho de la Junta de Patronato del Real Colegio de San Clemente de los Españoles de Bolonia, en virtud de su nombramiento efectuado el 23 de noviembre de 2002, declarando nulas las decisiones adoptadas por don Íñigo de Arteaga Martín como presidente de la Junta de Patronato compuesto de fecha 13 de octubre de 2014, por las que se da por nula la existencia de un sexto miembro de la junta de patronato y declare que son nulas las reuniones y acuerdos adoptados a las juntas de patronato de dicho Real Colegio de 17 de febrero y 16 de marzo de 2015, condenando a los demandados a estar y pasar por tales declaraciones. En cuanto a las costas estese a lo dispuesto en el fundamento de derecho que antecede. Con devolución del depósito constituido.

Contra esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco Santander, con el número de cuenta 2831-0000-00-0047-20, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación al Real Colegio de San Clemente de los Españoles en Bolonia, mediante la publicación del correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Madrid, a 29 de abril de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia de la Sección, Eugenio Félix Ortega Ugena.

(02/16.840/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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