Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210521-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

94
Madrid número 47. Procedimiento 32/2019

EDICTO

D. Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 47.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 32/2019, instados por el procurador D. Fernando Perez Cruz, en nombre y representación de Estructuras Coherme, S. L., contra Arquitect Business Desarrollos Empresariales, S. L.. en reclamación de 70.266,71 euros de principal, en los que se ha dictado, en fecha 4 de marzo de 2021, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Fernando Pérez Cruz, en representación de Estructuras Coherme, S. L., debo condenar y condeno a Arquitect Bussiness Desarrollos Empresariales, S. L, al pago de la suma de 70.266,71 euros, más los intereses establecidos en la Ley 3/2004, de Medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, y al abono de las costas del procedimiento.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, introducida por LO 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes de la necesidad de constituir depósito de 50,00 euros para interponer recurso de apelación contra la presente sentencia, debiendo, en su caso, acompañar al escrito de interposición del mismo el resguardo acreditativo del ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en el cual se deberá indicar el código 02, haciendo constar que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Arquitect Business Desarrollos Empresariales, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 4 de marzo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia de Madrid (firmado).

(02/9.164/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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