Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2021

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210524-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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EXTRACTO de la Orden de 30 de diciembre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan subvenciones, para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en el año 2021.

BDNS: 564290

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid).

Primero

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren debidamente inscritos y calificados en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de los costes salariales de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo en 2021, en una cuantía máxima equivalente al 50 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente durante el período subvencionable o la parte proporcional del tiempo efectivamente trabajado.

Tercero

Bases reguladoras

Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en Centros Especiales de Empleo y trabajo autónomo; Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (“Boletín Oficial del Estado” número 83, de 7 de abril de 2006); Orden 16714/2014, de 11 de septiembre de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura por la que se regula el procedimiento de concesión de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 225, de 22 de septiembre de 2014).

Cuarto

Gasto subvencionable y cuantía

1. El gasto subvencionable será el coste salarial de las personas con discapacidad que trabajen en el Centro Especial de Empleo, siempre que el centro de trabajo está situado en la Comunidad de Madrid.

2. La cuantía de la subvención se determinará en la orden de concesión correspondiente, estableciéndose el cálculo de la misma por trabajador/a de acuerdo a lo establecido en la Orden 16714/2014, de 11 de septiembre de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.

3. En todo caso, el coste máximo subvencionable por persona con discapacidad y mes será del 50 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en 2021.

4. La orden está dotada con un importe máximo de 50.000.000 euros con cargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo, subconcepto 48099, Otras instituciones sin fines de lucro, o el que corresponda en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Periodo subvencionable

El período subvencionable correspondiente a esta convocatoria es el comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 ambos incluidos, y las pagas extraordinarias de verano y Navidad de 2021.

Madrid, a 30 de diciembre de 2020.—La Viceconsejera de Empleo, P. D. del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad (Orden de 14 de septiembre de 2015; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de septiembre de 2015), Eva María Blázquez Agudo.

(03/17.880/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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