Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210527-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 17

167
Valencia número 17. Procedimiento 725/2018

EDICTO

DOÑA MARIA CONSUELO BLASCO MONTON, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 17 DE LOS DE VALENCIA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, con nº de CIF - S - 4600279 -F, se siguen autos AUTOS núm. 725/2018 - M, a instancias de ALVARO SIRERA MARTIN contra FOGASA, I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S.L, I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO, VLC UNION DENTAL S.L, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L, MAD SUR UNION DENTAL S.L, MAXDUELL GRAN S.L, WESTON HILL INVESTIMENTS S.L y ADMON. CONCURSAL - “DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L.” E “ I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SL”- ERNST & YOUNG ABOGADOS S.L.P en la que el día 21/12/2020, se ha dictado AUTO resolviendo INCIDENTE DE NO READMISIÓN, cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

Vistos los anteriores preceptos legales, y demás de general y pertinente aplicación, declaro extinguida con fecha de hoy la relación laboral, condenando a las empresas I Levante Dental Proyecto Odontológico SL, I Madrid Dental Proyecto Odontológico SL, VLC Unión Dental SL, Mad Sur Unión Dental SL y Dental Global Management SL a pagar al actor la cantidad de 58.344 euros en concepto de indemnización, más otros 210.760’99 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, siendo indispensable que al tiempo de su interposición acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, la cantidad de 25 euros, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009.

Así, por esta, mi resolución, lo pronuncio, mando y firmo Manuel Ortiz Romaní, Magistrado del Juzgado de lo Social n.º 17 de Valencia. Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S.L; MAD SUR UNION DENTAL S.L; MAXDUELL GRAN S.L; WESTON HILL INVESTIMENTS S.L que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID, expido el presente en Valencia, a veintinueve de diciembre de dos mil veinte.

EL/A LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/15.910/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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