Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210527-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

49
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Reparcelación Área 3.4-02 calle Tenerías

En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se pone en general conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 17 de febrero de 2021, ha adoptado el acuerdo por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Remitido 3.4-02 “calle Tenerías”, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Remitido 3.4-02 “calle Tenerías” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón promovido de oficio por el Ayuntamiento, con el condicionante que se deriva del informe de la arquitecta municipal jefa de Planeamiento Urbanístico de fecha 28 de mayo de 2020, que es el siguiente:

Con carácter previo a la inscripción del Proyecto de Reparcelación se deberán repercutir a los titulares de las parcelas privativas, los costes de urbanización sufragados hasta la fecha, así como los relativos a la monetización del 10 por 100 del aprovechamiento, conforme a lo siguiente:

— Ikasa Actividad de Promoción S. L.: 614.312,20 euros.

— AAA: 20.616,92 euros.

— BBB: 20.616,92 euros.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y en la página web municipales y en un periódico de la provincia con difusión corriente en la localidad”.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que, contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro recurso que se considere procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

En Pozuelo de Alarcón, a 16 de marzo de 2021.—El gerente municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.

(02/9.885/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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