Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2021

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210527-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

56
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 136/2021

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

D. Luis Fariñas Matoni, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber que en esta Sala se sigue el Recurso de Suplicación 136/2021, formalizado por el letrado D. BLAS RIOS GALACHO en nombre y representación de Dña. MIRIAM RIVAS SEVILLA, contra la sentencia de fecha 16/11/2020 dictada por el Juzgado de lo Social nº 35 de Madrid en sus autos número Despidos/Ceses en general 787/2020, seguidos a instancia de Dña. MIRIAM RIVAS SEVILLA frente a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 18/03/21cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por doña MIRIAM RIVAS SEVILLA contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 35 de Madrid con fecha 16 de noviembre de 2020 en autos 787/2020, sobre despido, seguidos a instancia de la recurrente contra la empresa GUZMÁN TELECOMUNICACIONES SL y en su consecuencia confirmamos la citada resolución. Sin costas.

(...)

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de DIEZ DÍAS hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia.”

Y para que sirva de notificación a GUZMAN TELECOMUNICACIONES SL actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de abril de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.877/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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