Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210531-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 3

101
Fuenlabrada número 3. Procedimiento 890/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 890/2019, entre doña Míriam Martín Morcillo y don Ángel Álvarez Castuera y El Equipo Solar XXV, S. L., en cuyos autos se ha dictado sentencia en fecha 2 de febrero de 2021, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimar totalmente la demanda formulada por el procurador señor Díaz Alfonso, en nombre y representación de don Ángel Álvarez Castuera y de doña Míriam Martín Morcillo, contra El Equipo Solar XXV, S. L., y por ello:

1.o) Declarar resuelto el contrato de compraventa por incumplimiento contractual de la demandada, en relación a la vivienda a construir, firmado entre ambas partes en fecha 1 de febrero de 2017, ubicada en la futura urbanización La Malagueta XII, dentro de la parcela 4.2PP.I-4 de Fuenlabrada (Madrid), que se materializaría en la vivienda sita en la escalera 1-3.o-B, con plaza de garaje número 7 y trasero número 7.

2.o) Condenar a El Equipo Solar XXV, S. L., a indemnizar a don Ángel Álvarez Castuera y a doña Míriam Martín Morcillo, por mitad e iguales partes, en la cantidad de 14.124,87 euros, en concepto de resardimiento de daños y perjuicios, más los intereses legales que correspondan desde la fecha de la interposición de la demanda hasta la de esta sentencia, y con posterioridad, los del artículo 576 de la LEC.

Las costas procesales de esta instancia serán abonadas por la parte demandada.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2402-0000-04-0890-19 de este órgano.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada El Equipo Solar XXV, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Fuenlabrada, a 28 de abril de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.913/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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