Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210531-85

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

85
Valdemoro. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación y retribuciones

Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:

A) Decreto 2819/2021, de 17 de mayo, que dice literalmente:

«Don Sergio Parra Perales, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdemoro, Madrid:

Primero.—El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión extraordinaria y urgente celebrada en el día 1 de julio de 2019, aprobó determinar cómo funciones representativas cuyo desempeño comporta la aplicación del régimen de dedicación exclusiva o de dedicación parcial las siguientes

Segundo.—El apartado noveno del Acuerdo Plenario de referencia señala que la efectividad de estos acuerdos será la siguiente:

a) El alcalde-presidente, los tenientes de alcalde y los concejales delegados desde la fecha de su designación o elección.

b) Los portavoces de los Grupos Políticos desde su constitución como grupos y los concejales sin delegación desde que se les designe para algún cargo con responsabilidad según lo establecido anteriormente en los puntos segundo y tercero.

Tercero.—El artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece el régimen jurídico de los derechos económicos de los miembros del Ayuntamiento sobre la base de una doble distinción:

a) De una parte, entre aquellas materias cuya decisión corresponde al Pleno (en concreto, la determinación de aquellas funciones representativas cuyo desempeño, por razones de dedicación y responsabilidad, comporta la aplicación de los regímenes de dedicación exclusiva o de dedicación parcial, de las retribuciones correspondientes a los mismos, de la dedicación mínima exigida para su percepción en los supuestos de dedicación parcial así como la fijación del importe de las asistencias) y aquéllas otras cuya competencia recae en la Alcaldía (en particular, la asignación de los regímenes de dedicación exclusiva y de dedicación parcial a los miembros del Ayuntamiento a los que corresponda, dando cuenta al Pleno).

b) De otra parte, entre tres modalidades de derechos económicos que constituyen un numerus clausus: retribuciones por el ejercicio de funciones en régimen de dedicación exclusiva o de dedicación parcial, asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de gobierno que las tengan previstas, e indemnizaciones por los gastos efectivos, documentalmente justificados y ocasionados en el desempeño de sus funciones representativas.

Cuarto.—Por decreto 2088/2019, de 5 de julio, se asignó a los Concejales miembros de la Corporación los distintos regímenes de dedicación.

Quinto.—Por decreto 2991/2020, de 16 de julio, se modifican los apartados 7 y 15 tras las tomas de posesión como concejales de don Francisco Mimoso Salinas y de don José Luis Pérez del Álamo respectivamente.

Sexto.—Por decreto 4735/2020, de 19 de noviembre, se modifican los apartados 2, 4 y 5 debido al cambio en la Portavocía del grupo municipal de Ciudadanos.

En el mismo decreto se modifican los apartados 12, 13 y 14 debido a la designación de doña Inés Martín García-Rodrigo como portavoz del grupo municipal de Vox, así como a las asignaciones efectuadas a los concejales don Antonio Corrales Sánchez y don Héctor Manuel Cotta Pollo.

Séptimo.—Por decreto 472/2021, de 27 de enero, se modifican los apartados 14 y 15 debido al cambio de régimen de dedicación a exclusiva del concejal don Héctor Manuel Cotta Pollo, y del concejal don José Luis Pérez del Álamo a régimen de dedicación parcial.

Octavo.—Presentado escrito en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Valdemoro con el 8015/2021, el 6 de mayo, el grupo municipal de Ciudadanos modificando la asignación a don Virgilio Velayos García.

Noveno.—Considerando que el concejal citado en el punto anterior está ejerciendo las funciones encomendadas, se hace preciso regularizar el régimen de dedicación, que vienen asumiendo, de forma pública y notoria desde su solicitud.

En base a los antecedentes anteriormente enumerados y, en ejercicio de las facultades que me son legalmente conferidas por la normativa anteriormente mencionada, por el presente vengo a resolver:

Primero.—Modificar el decreto 2088/2019, de 5 de julio, por el que se asignan a los miembros del Ayuntamiento, atendiendo a la dedicación y responsabilidad de las funciones representativas encomendadas, los regímenes de dedicación siguientes de entre los establecidos mediante Acuerdo de Pleno celebrado en fecha 1 de julio de 2019, y conforme a las condiciones establecidas en el mismo y en la legislación vigente, en el siguiente apartado:

“4. Don Virgilio Velayos García, Concejal sin delegación del Grupo Municipal Ciudadanos, indemnización por asistencia a órganos colegiados con efectos desde la fecha de registro de entrada en el Ayuntamiento (6 de mayo de 2021)”.

Segundo.—Fijar como fecha de efectos del régimen de dedicación del concejal don Virgilio Velayos García, la fecha de registro de entrada en el Ayuntamiento (6 de mayo de 2021).

Tercero.—Notificar este decreto al concejal interesado, para su conocimiento y aceptación, considerándose aceptadas las asignaciones tácitamente salvo manifestación expresa en contrario en el plazo de tres días hábiles.

Cuarto.—Dar traslado de este decreto al Departamento de Personal y a la Intervención municipal.

Quinto.—Publicar este decreto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el alojado en la Sede Electrónica de mismo, así como el extracto de las designaciones efectuadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto.—Dar cuenta de este decreto al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, de conformidad con el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de los Entidades Locales».

Valdemoro, a 18 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.

(03/17.909/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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