Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
02-06-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210602-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

81
Sevilla la Nueva. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2021, acordó la aprobación inicial de los siguientes expedientes:

— Modificación de créditos número 03/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

— Modificación de créditos número 04/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de Tesorería.

— Modificación de créditos número 07/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Aprobado inicialmente los expedientes:

— Modificación de créditos número 03/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

— Modificación de créditos número 04/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de Tesorería

— Modificación de créditos número 07/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Por acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento(http://sevillalanueva.sedelectronica.es).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Sevilla la Nueva, a 31 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(03/19.601/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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