Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210604-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Alcobendas. Régimen económico. Patronato Sociocultural de Alcobendas. Extracto convocatoria subvenciones

Patronato Sociocultural de Alcobendas

Extracto del decreto número 24, de fecha 1 de junio de 2021, por el que se convocan las Subvenciones a Entidades Culturales sin ánimo de lucro que realicen actividades durante el año 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS 567565

Primero. Objeto.—Convocatoria de Subvenciones que otorga el Patronato Sociocultural (PSC) del Ayuntamiento de Alcobendas a las Entidades Culturales sin ánimo de lucro que realicen actividades de interés público y social durante el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva.

Se consideran subvencionables las actividades culturales de utilidad o interés social relacionadas con las disciplinas artísticas y realizadas por entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social sea la promoción y/o difusión de la cultura en sus variadas manifestaciones, así como actividades a realizar en el marco de los programas de las Fiestas del municipio y otras manifestaciones culturales, a aquellas asociaciones que tengan distinto objeto social que el cultural.

Segundo. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009 y publicada el día 20 de febrero de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es:

a) Actividades culturales de especial interés y actividades a desarrollar en el marco de las fiestas del municipio y hasta una cuantía máxima de 70.250 euros con cargo a la partida 3740/33400/48904 del presupuesto 2020 del Patronato Sociocultural prorrogado para el año 2021.

b) Proyectos de actividades propias de las Casas Regionales, así como actividades a desarrollar por estas asociaciones en el marco de las fiestas del municipio y actividades culturales de especial interés hasta una cuantía máxima de 30.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 3740/33400/48913 del presupuesto 2020 del Patronato Sociocultural prorrogado para el año 2021.

Cuarto. Beneficiarias.—Las asociaciones debidamente registradas en el registro de asociaciones, fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que tengan un fin social y que desarrollen proyectos culturales y artísticos de calidad y de interés general para el municipio. Excepcionalmente, y con el correspondiente informe técnico que lo autorice, podrán solicitar la subvención asociaciones en trámite de registro municipal, siempre y cuando los trámites de inscripción se hayan iniciado con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

También podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas sin personalidad que desarrollen actividades que se encuadren en el ámbito recogido en la presente convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por conducto de la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

Sexto. Documentación.—Las asociaciones y entidades interesadas, deberán presentar los siguientes documentos:

a) Solicitud.

b) Proyecto detallado en el que conste para cada actividad: ámbito temático, público al que se dirige, presupuesto, financiación, recursos de la asociación, fecha y lugar previstos y recursos que solicita.

c) Certificación acreditativa del número de socios/as e incremento de los mismos en el último año, incluyendo cuota anual que tiene aprobada la asociación, y de las ayudas solicitadas o concedidas por otras Administraciones Públicas o entidades, indicando su importe y fecha o, en su caso, de su ausencia.

d) Identificación y domicilio social de la entidad solicitante.

e) Memoria de actividades desarrolladas por la entidad durante el año anterior.

f) Datos bancarios de la entidad solicitante de la subvención.

g) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante.

h) Documentación acreditativa de la capacidad del representante de la entidad solicitante.

i) Declaración responsable de quien ostente la representación de la entidad solicitante de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

j) Declaración responsable de quien ostente la representación de la entidad solicitante de no tener pendiente obligación alguna por reintegro de subvenciones y de haber justificado subvenciones concedidas, en su caso, en ejercicios anteriores.

k) Declaración responsable o certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Cuando la subvención concedida sea mayor o igual 3.000 euros, se deberá presentar certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social al justificar la subvención o bien autorizar al servicio a realizar las consultas correspondientes.

l) Declaración responsable de estar al corriente de todo tipo de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcobendas.

m) Seguro de responsabilidad civil en caso de actividades especiales que lo requieran y/o seguro de voluntariado en caso de realizar actividades con voluntariado.

n) Certificado de estar en posesión de los certificados a los que hace referencia el artículo 13 apartado 5 de la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor para las personas que tengan contacto habitual con menores.

La documentación anteriormente descrita se podrá incorporar bien a través de la web www.alcobendas-participa.org o bien a través de los modelos que se anexan a la presente convocatoria.

Alcobendas, a 1 de junio de 2021.—La presidenta del Patronato Sociocultural de Alcobendas, Rosario Tamayo Lorenzo.

(03/19.920/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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