Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210604-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Villa del Prado. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de Alcaldía número 2021/Decreto/00451, de 10 de mayo, del Ayuntamiento de Villa del Prado (Madrid), por el que se aprueba las bases y la convocatoria para la concesión de ayudas a las familias por los servicios ópticos, logopédicos y odontológicos, por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2021.

BDNS: 566377

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los/las progenitores o adoptantes de los/las niños niñas de 0 a 16 años que necesiten servicios odontológicos, servicio de logopedia, y odontológicos.

Segundo. Objeto.—Colaborar con los gastos familiares ocasionados por servicios ópticos, logopédicos y odontológicos de los niños y niñas menores de 16 años que se realicen a través de profesionales, centros o consultas habilitadas para este tipo de servicios en el municipio de Villa de Prado (Madrid).

Tercero. Cuantía individual de la ayuda e importe máximo.—Estas ayudas consistirán en un pago único, hasta el 20 por 100 del gasto justificado, con un límite máximo de 250 euros por menor.

Cuarto. Plazo y lugares de presentación.—La presentación de solicitudes se realizará desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria hasta el 15 de noviembre de 2021. La presentación se realizará de forma telemática o presencialmente en el registro general del Ayuntamiento de Villa del Prado, o cualquier otro medio admitido por la Ley.

Quinto. Dotación presupuestaria.—Las concesiones de las ayudas tendrán como límite global la disponibilidad presupuestaria existente, correspondiente a la partida presupuestaria 231-48001.

En Villa del Prado, a 27 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Héctor Ortega Otero.

(03/19.442/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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