Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210607-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

83
Madrid número 3. Ejecución 106/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Estefania Leire Herranz Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 106/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Francisco de Resende Barreiros, frente a Lima Ferreira Rosa Paulo Jorge, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto número 54 de 2021

En Madrid, a 11 de mayo de 2021.

Parte dispositiva:

Se declara la extinción de la relación laboral que unía a don José Francisco de Resende Barreiros y a la entidad mercantil Lima Ferreira Rosa Paulo Jorge a fecha de la presente resolución, 11 de mayo de 2021, condenando a la misma al abono de la suma de 4.983,50 euros en concepto de indemnización, así como la suma de 41.919,51 euros por los salarios de tramitación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con el concepto 2501-0000-64-0106-20, y para pagos en ventanilla 2501-0000-64-0106-20.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado, don Francisco José del Pozo Sánchez.—El magistrado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Lima Ferreira Rosa Paulo Jorge, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 12 de mayo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.401/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210607-83