Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2021

Sección 1.4.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210608-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

20
ACUERDO de 6 de abril de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través del Servicio Madrileño de Salud, y la Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid, para la cesión gratuita del uso de inmuebles e instalaciones.

En Madrid, a 6 de abril de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 90/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, en su nombre y en representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.

Y de otra, don José Guirao Cabrera, en representación de la Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid (la “Fundación Montemadrid”), en su calidad de Director General de la Fundación, actuando en uso de las facultades conferidas por el Patronato de la Fundación mediante acuerdo de 26 de noviembre de 2020.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente acuerdo de prórroga, y

MANIFIESTAN

I. Que la Comunidad de Madrid, con fecha de 8 de abril de 2019, suscribió con la “Fundación Montemadrid” un convenio para la cesión de uso de las fincas situadas en las calles de Nuestra Señora del Carmen, número 46 (Madrid), y Jaspe, número 40 (Madrid), y en la finca “El Batán” (Chinchón), para desarrollar en dichos inmuebles actuaciones en materia de prevención y tratamiento de la drogo-dependencia (el “Convenio” y las “Fincas”, respectivamente).

II. Que en el momento actual las cesiones objeto del Convenio resultan necesarias e imprescindibles para el funcionamiento de los servicios a los que se destinan las Fincas de acuerdo con lo regulado en el Convenio, consistentes en actuaciones en materia de prevención y tratamiento de la drogodependencia.

III. Que el Patronato de la “Fundación Montemadrid”, en su reunión de 26 de noviembre de 2020, acordó por unanimidad la renovación y prórroga por un período de un año de, entre otros, el Convenio a que se refiere la presente Adenda de prórroga, según consta en la certificación emitida por el Secretario de la “Fundación Montemadrid” de 5 de febrero de 2021.

IV. Que, sin perjuicio de lo anterior, en lo relativo a las fincas sitas en (i) calle Nuestra Señora del Carmen, número 46, Madrid, y (ii) calle Jaspe, número 40, Madrid, es intención de las partes que se modifique el régimen de cesión de dichas fincas, de tal forma que la Comunidad de Madrid pase a asumir ciertos gastos que hasta el momento vienen siendo asumidos por la “Fundación Montemadrid”.

A estos efectos, las partes están negociando la formalización de un negocio jurídico, por medio del cual se articule el nuevo régimen jurídico que regule la cesión de uso a la Comunidad de Madrid de estas dos fincas y la asunción de los gastos por parte de esta.

Por ello, la presente adenda al Convenio se suscribe, en lo que respecta a estas fincas, por el tiempo estrictamente necesario para finalizar la negociación y formalización del negocio jurídico correspondiente.

V. Que, en lo relativo a la finca denominada “El Batán” es interés de las partes prorrogar la cesión de uso en los mismos términos previstos en el Convenio.

En su virtud, las partes acuerdan suscribir la presente prorroga en base a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del Convenio entre la Comunidad de Madrid y la “Fundación Montemadrid” para la cesión gratuita de uso de las Fincas en los siguientes términos:

(i) En lo relativo a la finca “El Batán”, se prorroga el convenio por un período de un año, hasta el 7 de abril de 2022, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del propio Convenio.

(ii) En lo relativo a las fincas sitas en (a) calle Nuestra Señora del Carmen, número 46, Madrid, y (b) calle Jaspe, número 40, Madrid, se prorroga el Convenio por el tiempo estrictamente necesario para que las partes formalicen el nuevo negocio jurídico que regule la cesión de usos de las fincas a la Comunidad de Madrid, incluyendo la asunción por esta de ciertos gastos que vienen siendo soportados por la “Fundación Montemadrid”.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente prórroga, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 6 de abril de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, el Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Juan Jorge González Armengol.—Por la “Fundación Montemadrid”, el Director General, José Guirao Cabrera.

(03/18.859/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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