Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210608-41

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

41
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 2648/2021, de 24 de mayo, para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, de una plaza de técnico de Servicios Comunes del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor literal:

«1.o Convocar el proceso selectivo para la provisión, con carácter definitivo, por el sistema de libre designación con convocatoria pública, del puesto de trabajo de técnico de Servicios Comunes adscrito a la Unidad Orgánica “0300 Coordinación Segunda Tenencia de Alcaldía, Compras y Régimen Interior, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, correspondiente a una plaza encuadrada en la escala de Administración General, subescala Técnica, clase superior, grupo A, subgrupo A1, nivel de Complemento de Destino 26, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, que se relaciona en el anexo I.

2.o Podrán participar en este proceso los funcionarios de carrera de cualquier Administración Pública, siempre que los interesados reúnan los requisitos indispensables para el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria, y una vez realizadas las actuaciones que se consideren procedentes para la apreciación de la idoneidad de los aspirantes.

3.o Los interesados presentarán su solicitud en el modelo de instancia que se aprueba como anexo II de esta resolución y que será facilitada en:

— El Departamento de Personal (avenida de Adolfo Suárez, número 5).

— En la página web municipal: http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/ (Pestaña Tu Ayuntamiento/Oferta de Empleo Público/Solicitudes y formularios).

— Telemáticamente, a través de la sede electrónica de la página web municipal http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/

4.o Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al presidente de la Corporación, presentándose en el Registro General de este Ayuntamiento (calle Juan Carlos I, número 42), en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes, o mediante las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.o El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.

6.o Los interesados acompañaran a la solicitud su currículum, al que se deberá adjuntar la documentación relativa a su formación y experiencia profesional, en relación con el perfil definido para el puesto que se convoca y que se describe en el anexo I.

7.o Los funcionarios de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas deberán aportar una certificación expedida por su Administración de origen que acredite su nombramiento legal como funcionario de carrera, antigüedad, así como destino que ocupa en la actualidad o situación administrativa en la que se encuentra.

8.o Los aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar, en su caso, pudiéndose requerir a los candidatos la acreditación de los méritos alegados mediante la exhibición de los documentos originales que así lo certifiquen, con el fin de determinar la idoneidad del candidato propuesto para el nombramiento.

9.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril de 2014.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente».

Boadilla, a 25 de mayo de 2021.—El segundo teniente de alcalde, Jesús Egea Pascual.

(01/18.975/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210608-41