Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2021

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210609-11

Páginas: 18


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han superado el procedimiento de acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, convocado por Resolución de 13 de mayo de 2019.

De acuerdo con lo previsto en la base octava de la Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 21 de mayo), por la que se convocaba procedimiento de acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, una vez resueltos los derechos de opción y las renuncias de los aspirantes que han sido seleccionados por más de una especialidad, la Dirección General de Recursos Humanos procede a hacer pública la lista definitiva de seleccionados por cada Cuerpo y Especialidad.

A estos efectos, resultan seleccionados y acceden al Cuerpo de Catedráticos aquellos aspirantes que, al ser ordenados según la puntuación del concurso, obtengan un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en el Cuerpo y especialidad correspondiente.

En su virtud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Listas definitivas de seleccionados

Aprobar las listas definitivas de seleccionados, por Cuerpo y Especialidad, ordenadas por puntuación, en el procedimiento de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, y que figuran como Anexo de la presente Resolución.

Los listados definitivos de los seleccionados se podrán consultar, asimismo, en el portal www.comunidad.madrid, dentro del apartado “Administración electrónica: Punto de acceso general”, escribiendo en el texto del buscador: “Catedráticos Secundaria”, y a efectos meramente informativos y sin efecto administrativos en el portal “personal + educación”, siguiendo la siguiente secuencia: www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion, “Funcionarios docentes”, “Procesos Selectivos”, “Catedráticos Secundaria y E.O.I. Acceso”.

Segundo

Presentación de documentación

Los aspirantes que han resultado seleccionados deberán presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos la documentación establecida en la base 8.5 de la Resolución de convocatoria de 13 de mayo de 2019, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución. No obstante lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los seleccionados no deberán aportar el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o título de Grado correspondiente, o titulación equivalente a efectos de docencia al que se refiere el apartado 8.5.b) de la resolución de convocatoria, por obrar dicha documentación en poder de esta Administración.

La presentación de la documentación, para aquellos que no autorizaron a la Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado 6 de la solicitud de admisión, la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, se realizará exclusivamente a través de registro electrónico, mediante la opción “Aportación de documentos”, disponible en el apartado de “Tramitación electrónica”, del portal www.comunidad.madrid. Igualmente se podrá acceder a través del portal “personal +educación”, siguiendo la siguiente secuencia: www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion, “Funcionarios docentes”, “Procesos Selectivos”, “Catedráticos Secundaria y E.O.I. Acceso”.

Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten, si procede, la documentación referida a la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de esta convocatoria, quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Tercero

Destino del Cuerpo de Catedráticos

De conformidad con lo previsto en el artículo 39.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, los funcionarios o funcionarias que accedan al Cuerpo de Catedráticos por esta convocatoria estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.

En caso de que se haya accedido por la misma especialidad que estuviera ejerciendo en el momento de la resolución del presente procedimiento, el personal funcionario permanecerá como Catedrático en el mismo destino que ocupaba en el Cuerpo de procedencia.

En caso de que se haya accedido por una especialidad diferente de la que estuviera ocupando en el momento de la resolución del presente procedimiento, quedará en excedencia en el Cuerpo de Catedráticos en esa especialidad y solo será efectiva su incorporación como Catedrático de la misma cuando obtenga vacante, a través de los procedimientos de provisión de puestos reglamentarios.

Cuarto

Nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos

De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, una vez comprobado que todos los aspirantes declarados reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria, la Dirección General de Recursos Humanos remitirá las listas de seleccionados al Ministerio competente en materia de Educación, a efectos de su nombramiento y expedición de los correspondientes títulos.

Los nombramientos tendrán efectos del día 1 de septiembre de 2021 tal y como constará en la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinto

Recursos

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 1 de junio de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.























































































(03/19.972/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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