Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210609-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

162
Madrid número 32. Procedimiento 324/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 324/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. PABLO DEL CASTILLO MANCEBO, D./Dña. IVAN ZAYAS SANJUAN y D./Dña. MARIA DEL PILAR LOPEZ LOPEZ frente a YES YOU FIT SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado sentencia n.o 138/2021 de fecha 14 de mayo de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda de despido formulada por D. IVAN ZAYAS SANJUAN, D. PABLO DEL CASTILLO MANCEBO, DÑA. MARIA DEL PILAR LOPEZ LOPEZ, contra YES YOU FIT, S.L.U. debo declarar y declaro la improcedencia del despido articulado sobre dichos trabajadores con fecha 28.02.2021 así como la extinción de la relación laboral que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al abono de las indemnizaciones que se detallan a continuación y así como salarios de tramitación por los importes que se relacionan desde el despido (14.02.2021) hasta la extinción de la relación laboral (14.05.2021), con descuento de los períodos en que haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado y salarios de tramitación

INDEMNIZACIONES:

D. IVAN ZAYAS SANJUAN, 5.231,87 €.

D. PABLO DEL CASTILLO MANCEBO, 3.245,47 €.

DÑA. MARIA DEL PILAR LOPEZ LOPEZ, 4.365,24 €.

SALARIOS DE TRAMITACIÓN:

D. IVAN ZAYAS SANJUAN, 2.853,75 €.

D. PABLO DEL CASTILLO MANCEBO, 2.855,25 €.

DÑA. MARIA DEL PILAR LOPEZ LOPEZ, 2.480,25 €.

Que estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por D. IVAN ZAYAS SANJUAN, D. PABLO DEL CASTILLO MANCEBO, DÑA. MARIA DEL PILAR LOPEZ LOPEZ contra YES YOU FIT, S.L.U., debo condenar y condeno a este último a abonar a los trabajadores las siguientes cantidades con el recargo del artículo 29.3 ET.

CANTIDADES:

D. IVAN ZAYAS SANJUAN, 495 €.

D. PABLO DEL CASTILLO MANCEBO, 495 €.

DÑA. MARIA DEL PILAR LOPEZ LOPEZ, 420 €.

Notifícase la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos legales oportunos.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con n.o 2805-0000-61-0324-21 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a YES YOU FIT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.668/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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