Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210610-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 5

126
Navalcarnero número 5. Procedimiento 653/2019

EDICTO

Doña Rosa Ana Ortega López-Rey, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Navalcarnero.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 653/2019, instados por la procuradora doña Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., contra J. L. Light, S. L., en los que se ha dictado en fecha 7 de enero de 2021 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de Banco de Santander, S. A., defendida por el letrado don Juan José García García, contra J. L. Light, S. L., declarada en rebeldía, debo:

— Declarar resuelto el contrato de arrendamiento financiero inmobiliario suscrito en escritura de 24 de septiembre de 2004 por Banco Galicia, S. A. (hoy Banco Santander, S. A.), y J. L. Light, S. L.

— Condenar a J. L. Light, S. L., a restituir a la actora la posesión del bien objeto del contrato resuelto: nave número dos de la parcela número cuatro de la Unidad de Actuación 21-A, hoy avenida Vereda del Manzanares, número 19, término municipal de El Álamo (Madrid), poniéndolo inmediatamente a disposición de la demandante.

— Condenar al demandado J. L. Light, S. L., a pagar a la actora la suma de 14.090,91 euros por cuotas de arrendamientos impagadas desde el 24 de diciembre de 2015 hasta el 24 de septiembre de 2016, más los intereses legales del artículo 576 de la LEC y las costas del procedimiento.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado J. L. Light, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

Navalcarnero, a 11 de mayo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia.

(02/19.327/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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