Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210610-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

137
Madrid número 6. Ejecución 105/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA EVA SAN PABLO MORENO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 105/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON IULIAN PETRU GHIBAN frente a FACTORÍA DE IDEAS CONSULTORES ASOCIADOS, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, DON IULIAN PETRU GHIBAN, frente a la demandada FACTORÍA DE IDEAS CONSULTORES ASOCIADOS, S. L., parte ejecutada, por un principal de 29.301,71 euros (16.771,75 euros en concepto de indemnización, 11.884,88 euros en concepto de salarios tramitación; más 586,44 euros y 58,64 euros como 10% en concepto de interés por mora de esta última cantidad), más 1.758,10 euros y 2.930,17 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FACTORÍA DE IDEAS CONSULTORES ASOCIADOS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de mayo de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.881/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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