Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210610-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

159
Madrid número 24. Procedimiento 187/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 187/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MERCEDES GARCIA DEL MOLINO frente a LESSORS MADRID REAL ESTATE SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“SENTENCIA número 184/2021 cuya documentación consta en el soporte audiovisual de grabación y siendo el fallo dictado el siguiente:

FALLO

Estimo la demanda presentada por Dña. MERCEDES GARCIA DEL MOLINO, asistida por el letrado D. Ángel Torrijos Fuensalida contra LESSORS MADRID REAL ESTATE SL y FOGASA que no comparecen pese a estar citados en legal forma.

CONDENO a LESSORS MADRID REAL ESTATE SL a abonar a Dña. MERCEDES GARCIA DEL MOLINO la cantidad de 140 euros con el recargo del artículo 29.3 del ET.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que esta Sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

PUBLICACIÓN. – En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LESSORS MADRID REAL ESTATE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de mayo de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.812/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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