Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210610-188

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

188
Móstoles número 1. Procedimiento 909/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 909/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE MARIA MARTINEZ PANO, D./Dña. JORGE GARCIA CASTRO y D./Dña. ALFONSO MUÑOZ DE LA CRUZ frente a TALLER DE SERIGRAFIA, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

ESTIMAR la demanda de extinción del contrato de trabajo y de despido interpuesta por Don Jorge García Castro, Don Alfonso Muñoz de la Cruz y Don José María Martínez Pano contra Taller de Serigrafía S.L., DECLARANDO EXTINGUIDO el contrato de trabajo celebrado entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial, CONDENANDO a Taller de Serigrafía S.L. a abonar a:

1º) Don Jorge García Castro la indemnización de 57.207, 93 euros más 79, 46 euros de un 1 día de salario de trámite.

2º) Don Alfonso Muñoz de la Cruz la indemnización de 53.993, 91 euros más 56, 91 euros de 1 día de salario de trámite.

3º) Don José María Martínez Pano la indemnización de 57.833, 31 euros más 58,20 euros de 1 día de salario de trámite.

ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta Don Jorge García Castro, Don Alfonso Muñoz de la Cruz y Don José María Martínez Pano contra Taller de Serigrafía S.L., CONDENANDO a Taller de Serigrafía S.L. a abonar a:

1º) Don Jorge García Castro la cantidad de 21.670, 37 euros brutos más el 10 por 100 de interés por mora.

2º) Don Alfonso Muñoz de la Cruz la cantidad de 15.516, 45 euros brutos más el 10 por 100 de interés por mora.

3º) Don José María Martínez Pano la cantidad de 15.778, 47 euros brutos más el 10 por 100 de interés por mora.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ANUNCIÁNDOLO por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00- 0909-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública. Se incluye original de esta resolución en el libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de la Ley 36/2011 de 10 de Octubre reguladora de la jurisdicción social. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TALLER DE SERIGRAFIA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a diecisiete de mayo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.900/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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