Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210614-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

148
Madrid número 29. Procedimiento 396/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 396/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. GABRIELA INÉS ROJAS ALBORNOZ frente a MINISTERIO FISCAL, FOGASA y D&B CLÍNICA DENTAL GREEN S.L sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 11/03/2021:

Estimo la demanda de despido formulada por Dª Gabriela Inés Rojas Albornoz contra D&B Clínica Dental Green, S.L., S.L., y declaro la improcedencia del despido y extinguido el contrato de trabajo con efectos de esta sentencia, con derecho del demandante a percibir la indemnización de 5.316,16 Euros así como la de 47,15 euros diarios en concepto de salarios de tramitación por el periodo entre el despido y el 22/9/2020, debiéndose descontar de esta última cantidad lo que, en su caso, hubiera podido percibir la actora en concepto de prestaciones por desempleo durante el periodo concurrente. Asimismo, condeno a la empresa al abono de la cantidad de 2.373,29 euros brutos más el interés del 10 por 100 y 707,25 euros más el interés legal del dinero.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D&B CLÍNICA DENTAL GREEN S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.173/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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