Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210615-103

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

103
Madrid número 14. Ejecución 78/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en la Ejecución 78/2021-CH de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. PALOMA AGUDO SANCHEZ frente a DIALVERTI SL se han dictado resoluciones cuyas partes dispositivas son:

AUTO

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, Dña. PALOMA AGUDO SANCHEZ, frente a la demandada DIALVERTI SL, parte ejecutada, por un principal de 2.736,47 euros (2.487,70 euros de condena + 248,77 euros de interés de mora) más 547,29 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2512-0000-64-0078-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez

Dña. CARMEN DURAN DE PORRAS.

LA MAGISTRADA-JUEZ

DILIGENCIA.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

DECRETO

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: 2512-0000-64-0078-21 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DIALVERTI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a veinte de mayo de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.362/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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