Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2021

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210615-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 45

148
Madrid número 45. Procedimiento 54/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JUAN MIGUEL COLLADO BOYER LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 45 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 54/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JEAN CARLOS ELI VELAZQUEZ SERRANO frente a RAB 1811 S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente sentencia:

FALLO

Que estimando la demanda de DESPIDO y CANTIDAD seguidos a instancias de las partes demandante contra RAB 1811 S.L. que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor de fecha efectos de 1.12.2020 condenando a la empresa demandada a que, a su elección que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 761,15 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero. En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación. Procederá igualmente el descuento del periodo de incapacidad temporal.

Asimismo, la empresa demanda abonará al actor la suma de 2.373,56 euros por los conceptos salariales estimados de su demanda cantidad a la que será de aplicación el 10% de interés de mora.

Contra la presente resolución cabe anunciar recurso de suplicación en un plazo de CINCO DIAS desde su notificación.

La citada resolución se encuentra a disposición de las partes demandada en la secretaría de este Juzgado

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la LOPJ y de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RAB 1811 S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de mayo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.366/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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