Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210615-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Ciempozuelos. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos, que cursen segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en el curso escolar 2021-2022.

BDNS 568660

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias).

Primero. Beneficiarios.—Alumnos y alumnas escolarizados/as en alguno de los cuatro centros de Educación Infantil y Primaria públicos (CEIP) del municipio, cuya renta familiar “per cápita” sea inferior a 9.000 euros.

Segundo. Objeto.—La ayuda únicamente atenderá los gastos generados por la asistencia al comedor escolar del centro educativo en el que se encuentres matriculado el menor, durante la comida de mediodía.

El sistema de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva. Las ayudas se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al objeto para el que haya sido concedida.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria.—Las bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos, que cursen segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en el curso escolar 2021-2022, aprobadas por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 27 de mayo de 2021. La convocatoria se ha efectuado por resolución de Alcaldía número 1486, de 3 de junio de 2021. El texto íntegro de las mismas se encuentra publicado en los tablones de anuncios de los centros escolares y en la Página web del Ayuntamiento de Ciempozuelos (www.ayto-ciempozuelos.org).

Cuarto. Cuantía.—La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las ayudas reguladas asciende a la cantidad de 100.000 euros y podrá ser ampliada a la cuantía de 180.000 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria del Programa 323.0, subconcepto 480.02, “Enseñanza ayudas educativas”.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de las Bases y de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles, aporte los documentos preceptivos o subsane la falta.

En Ciempozuelos, a 4 de junio de 2021.—La alcaldesa, Raquel Jimeno Pérez.

(03/20.564/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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