Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210616-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

131
Madrid número 12. Procedimiento 428/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 428/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. NICOLETA ALEMAN frente a CHATKA SEAFOOD, S.L. y ZINO MANAGEMENT SERVICES S.L. sobre procedimiento ordinario se ha dictado sentencia de fecha 18 de mayo de 2021, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.o 197/2021

En la ciudad de Madrid, a 18 de mayo de 2021.

Vistos por el Ilmo. Sr. D Jesús Andrés Nevado Nevado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.o 12 de Madrid los presentes autos n.o 428/19, seguidos entre partes, como demandante D.a Nicoleta Alemán, frente a Chatka Seafood, S. L., Zino Management Services, S. L. y FOGASA; sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que, con estimación íntegra de la demanda formulada por D.a Nicoleta Alemán frente a Chatka Seafood, S. L. y Zino Management Services, S. L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.073,64 €, así como al pago del interés moratorio del artículo 29.3 ET.

Asimismo, debo condenar y condeno, de forma subsidiaria, al FOGASA, dentro de los límites establecidos en el artículo 33 ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

EL MAGISTRADO

D. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO

Y para que sirva de notificación en legal forma a CHATKA SEAFOOD, S.L. y ZINO MANAGEMENT SERVICES S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.688/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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