Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210617-58

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

OFERTAS DE EMPLEO

58
San Fernando de Henares. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por decreto de la Concejalía-Delegada de Personal y Régimen Interior, número 1188/2021, de fecha 10 de junio, se ha resuelto aprobar las bases específicas para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de médico/médica para el Programa de Salud Sexual y Reproductiva/Promoción de la Salud Centro Municipal de Salud del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, que a continuación se relacionan:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE MÉDICO/MÉDICA PARA EL PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA/PROMOCIÓN DE LA SALUD CENTRO MUNICIPAL DE SALUD DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria regular el proceso selectivo, con carácter urgente, para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Administración Especial, subescala técnica, clase superior general, grupo A, subgrupo A1, para futuros nombramientos como médico para el Programa de Salud Sexual y Reproductiva y promoción de la salud del centro municipal de salud de San Fernando de Henares, en calidad de funcionario interino del Ayuntamiento.

Dada la naturaleza del puesto específico, será precisa formación específica en medicina de familia, ginecología, medicina preventiva y salud pública medicina general, pero con experiencia profesional acreditada en salud reproductiva y/o planificación familiar de tres años mínimos continuados en centros municipales de salud, centros de orientación familiar o centros sanitarios al servicio de ayuntamientos u otras administraciones públicas.

Las funciones a desempeñar por el profesional serán las siguientes:

— Consulta Médica en Salud Sexual y Reproductiva. Actuaciones asistenciales de naturaleza preventiva individual y colectivo en materia de contracepción y prevención de salud sexual y reproductiva para mujeres y hombres.

— Coordinación del Programa y responsabilidad de la Consulta.

— Dirección del Programa de Género y Salud. Coordinación con el Programa de Violencia de Género (detección temprana en Consulta, actuación y derivación a UVG).

— Prevención y detección precoz del VIH, Sífilis y otras ITS. Consejo asistido.

— Educación Afectivo y Sexual, tanto en Consulta como en Actuaciones Educativas de Promoción y Educación para la Salud.

— Promoción y Educación para la Salud en actuaciones comunitarias con escolares, grupos de jóvenes, AMPAS, grupos sociales y asociaciones ciudadanas, preferentemente, en el ámbito de la Salud Sexual y Reproductiva, pero también en otras actividades de relevancia en Promoción de la Salud y Salud Pública.

Para ello, se coordinará y planificará las actividades conjuntamente con el resto del Equipo Técnico del C. M. S.

— Apoyo a la Dirección Técnica y a la Concejalía de Sanidad en Planificación Sanitaria, Participación en Redes de Ciudades Saludables y Proyectos Europeos. Coordinación con el Área de Salud Pública de la Comunidad de Madrid en Prevención y Promoción de la Salud.

— Asesoramiento a la Concejalía de Sanidad en aspectos relacionados con la prevención del COVID-19 y su relación con la salud sexual y reproductiva.

— Apoyo y colaboración en otras actividades de Salud Pública en colaboración puntual con otros profesionales de la Concejalía de Sanidad y Administraciones.

— Asesoramiento sanitario al concejal de Sanidad y Dirección Técnica de la Concejalía en los aspectos fundamentales de Salud Sexual, Reproductiva, Promoción, Educación para la Salud, y otras actividades de prevención sanitaria, etcétera.

— Además de los conocimientos técnico-profesionales de aspecto médico, se requiere adecuarse a los requerimientos psicosociales de las actividades que se desarrollan en grupos de población especialmente vulnerables desde el punto de vista preventivo, social y de educación sanitaria.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes deberán reunir, para ser admitido al proceso selectivo, además de los requisitos generales establecidos en los artículos 56 y 57 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o poseer la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Licenciatura/Grado en Medicina expedido por las Administraciones Estatales o Autonómicas competentes y con número de colegiado en Colegio de Médicos.

f) No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa sobre incompatibilidades de los funcionarios.

Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo, a excepción de lo determinado en el apartado f), que será a partir del nombramiento.

Tercera. Presentación de solicitudes

Forma de presentación.—El modelo de instancia a cumplimentar se encuentra a disposición de los interesados en la página web municipal www.ayto-sanfernando.com

Se dirigirá cumplimentada al concejal de Personal, Régimen Interior, Empleo, Formación Sanidad y Consumo.

Lugar de presentación.—En el Registro del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

En los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de presentación de instancias y documentación.—El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de las bases y su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La presentación de la instancia por el/la aspirante supondrá la aceptación de la normativa reguladora del procedimiento selectivo.

Junto con la instancia, deberán presentar la siguiente documentación:

a) Fotocopia DNI, NIE o pasaporte.

b) Fotocopia de la titulación exigida en la base segunda de la presente convocatoria.

c) Relación de todos aquellos méritos que por la persona aspirante se considere oportuno para su valoración en la fase de concurso. No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de presentación de instancias, así como tampoco aquellos que sean alegados en el currículum y no estén debidamente justificados.

El texto íntegro de las bases que rigen la presente convocatoria será publicado en la página web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, www.ayto-sanfernando.com, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, una vez se produzca la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En San Fernando de Henares, a 15 de junio de 2021.—El director de Recursos Humanos, José Antonio Carroza García.

(03/21.341/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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