Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210617-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 2

77
Alcobendas numero 2. Procedimiento 133/2020

EDICTO

Don Eliseo Manuel Gómez-Lor Pérez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio precario-250.1.2) (primera instancia civil) número 133/2020, instados por la procuradora doña María Jesús Gómez Molins, en nombre y representación de Buildingcenter, S. A. U., contra los ignorados ocupantes del inmueble sito calle Jacoba Díaz Benito, número 54-58, en reclamación de, en los que se ha dictado en fecha 26 de mayo de 2021 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña María Jesús Gómez Molins, en nombre y representación de la mercantil Buildingcenter, S. A. U., frente a los ignorados ocupantes; y, en su consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario de los demandados, condenándoles a desalojar el inmueble sito en la calle Jacoba Díaz Benito, número 54-58, escalera 3, planta 1, puerta A, de la localidad de El Molar (Madrid), dejándolo libre, vacuo y a disposición de la parte actora. Todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, ignorados ocupantes del inmueble sito en la calle Jacoba Díaz Benito, número 54-58, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 26 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia.

(02/19.672/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210617-77