Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210618-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

98
Madrid número 13. Ejecución 112/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, en sustitución.

Hago saber: Que en el procedimiento 112/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. PETRICA BANGHEORGHE frente a REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en el día de la fecha decreto que contiene la siguiente parte dispositiva:

“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 14.798,97 euros de principal (2.730,39 euros de indemnización, y 12.068,58 euros de salarios de tramitación), más 147,98 euros y 1.479,89 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL del ejecutado REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA EN SUSTITUCIÓN

Dña. MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL”

Y para que sirva de notificación en legal forma a REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de mayo de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA EN SUSTITUCIÓN

(03/19.063/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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