Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
19-06-2021

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210619-6

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

6
CONVENIO de 28 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la Universidad Autónoma de Madrid, de autorización de ocupación temporal de parte de las instalaciones del Instituto de Educación Secundaria “Beatriz Galindo” de Madrid para la ubicación del Instituto Confucio de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, don Enrique Ossorio Crespo, Consejero de Educación y Juventud, de la Comunidad de Madrid (Decreto 63/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Educación y Juventud).

De otra, don Rafael Garesse Alarcón, Rector Magnífico de la Universidad Autónoma de Madrid (Decreto 62/2017, de 20 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid).

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto por el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

El segundo, en nombre de la Universidad Autónoma de Madrid y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y con los artículos 39 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad aprobados por el Decreto 214/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por el Decreto 94/2009, de 5 de diciembre.

Con la finalidad de suscribir el presente convenio entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid,

EXPONEN

Primero

El Instituto Confucio es una institución de carácter público y no lucrativo creada en 2004 desde el Ministerio de Educación de la República Popular China, a través de Hanban, Oficina Nacional de la Enseñanza del Chino como Lengua Extranjera.

Entre sus objetivos destacan los siguientes: llevar a cabo la enseñanza del chino en todos los sectores la sociedad; formar profesionales en la enseñanza de la lengua china; realizar pruebas de chino de carácter oficial; ayudar a las instituciones españolas de enseñanzas de chino para la elaboración de programas o planes de enseñanza; difundir la cultura histórica y contemporánea china mediante actividades culturales; promover la creación de títulos propios y otras certificaciones conjuntas con universidades y otros centros de investigación y llevar a cabo un programa de becas.

Segundo

El Instituto Confucio se implanta en los diferentes países mediante la suscripción de un acuerdo con instituciones educativas del país, en el que se establecen las formas de colaboración correspondientes.

En España son varios los Institutos Confucio que se han creado, habiéndose constituido el Instituto Confucio de Madrid por Acuerdo suscrito en fecha 14 de noviembre de 2005 por la Oficina Nacional de Enseñanza del Chino como Lengua Extranjera, perteneciente al Ministerio de Educación de la República Popular China, la Universidad de Autónoma de Madrid y la Casa Asia.

Tercero

Como institución pública y oficial, el Instituto Confucio de Madrid garantiza los sistemas de aprendizaje de la lengua china, en niveles de enseñanza de la lengua divididos en tres grandes bloques: iniciación, intermedio y avanzado, que preparan a su vez para los correspondientes exámenes oficiales.

Cuarto

En el año 2015, ante la necesidad de dotar de nuevas instalaciones al Instituto Confucio de Madrid, la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid suscribieron un convenio de colaboración por el que se autorizaba el uso por parte del Instituto Confucio de Madrid de determinados espacios del Instituto de Educación Secundaria “Beatriz Galindo” de Madrid. Para ello, la Universidad Autónoma de Madrid asumió la realización y coste de las obras para la adecuación y climatización de espacios.

Hoy, como en aquel momento, se sigue considerando conveniente que la sede en la que desarrolle sus actividades docentes el Instituto Confucio de Madrid se ubique en un centro educativo público, poniendo así de relieve la importancia creciente de la lengua china en el contexto educativo español y madrileño, y permitiendo atender las demandas crecientes de formación en esta lengua de los alumnos en edad escolar.

Quinto

La disposición adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público preveía que todos los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública o cualquiera de sus organismos o entidades vinculados o dependientes deberán adaptarse a lo previsto en esa norma en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de dicha Ley.

Sexto

Por su parte, la aprobación del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, dota de coherencia a la actividad convencional de la Comunidad de Madrid respecto al ordenamiento jurídico nacional y al de la Unión Europea, dando respuesta a la necesidad de un marco normativo estable y respondiendo al principio de seguridad jurídica.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, las partes acuerdan suscribir un nuevo convenio adaptado a lo dispuesto tanto en la Ley 40/2015 como el Decreto 48/2019 anteriormente citado, cuyas cláusulas quedan redactadas como sigue:

CLÁUSULAS

Primera

Objeto

El objeto del presente convenio es autorizar a la Universidad Autónoma de Madrid el uso de una parte de las instalaciones del inmueble correspondiente al Instituto de Educación Secundaria “Beatriz Galindo” para continuar albergando la sede del Instituto Confucio de Madrid.

Segunda

Tasa

Conforme a lo establecido en el artículo 32 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, el uso privativo de estas instalaciones devengará una tasa, cuyo importe es de 13.534,56 euros anuales o importe proporcional en el caso de anualidades no completas.

Tercera

Compromisos de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación y Juventud, se compromete a llevar a cabo las siguientes actuaciones:

Autorizar a la Universidad Autónoma de Madrid el uso de las instalaciones que hasta la fecha se vienen utilizando por el Instituto Confucio de Madrid para la enseñanza de la lengua china (docencia y pruebas de evaluación) y el desarrollo de actividades culturales relacionadas con la lengua y cultura china programadas por el Instituto Confucio de Madrid. Estas instalaciones se ubican en el IES “Beatriz Galindo”, con entrada independiente por la calle Goya, número 10, edificio 2, planta baja y se concretan en:

— Hall de acceso, dos despachos de dirección, despacho de administración, cuatro aulas.

Cuando las necesidades de aforo así lo requieran, podrá solicitar el uso de otros espacios, como el salón de actos. Dado que en este caso nos encontramos ante la utilización de los espacios en los que el centro educativo IES “Beatriz Galindo” desarrolla su actividad normal, se actuará conforme al régimen previsto en el capítulo II del Decreto 11/2018, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen de utilización de los inmuebles e instalaciones de los centros educativos públicos no universitarios en la Comunidad de Madrid, y en la Orden 2355/2019, de 29 de julio, de desarrollo.

La suscripción de este convenio no implica gasto para la Comunidad de Madrid.

Cuarta

Compromisos de la Universidad Autónoma de Madrid

1. Garantizar que los espacios objeto de este convenio sean destinados a las actividades recogidas en la cláusula tercera.

2. Sin perjuicio de la autonomía del Instituto Confucio de Madrid, la Universidad Autónoma de Madrid garantizará que los horarios de apertura y cierre de los accesos a los espacios cuya ocupación son objeto de este convenio se adecuen todo lo posible a los horarios de funcionamiento del Instituto “Beatriz Galindo”, según se acuerde con la Dirección de este último.

3. Asumir los gastos de funcionamiento que afecten al normal funcionamiento de los espacios cuyo uso se autoriza en este convenio: agua, energía eléctrica, mantenimiento, limpieza y cualquier otro derivado de la actividad académica o administrativa del Instituto Confucio de Madrid.

La previsión de estos gastos asciende a quince mil euros (15.000,00 euros) anuales, con cargo a la aplicación presupuestaria orgánica “Instituto Confucio de Madrid” 422C211.

4. La Universidad Autónoma de Madrid se responsabilizará, en relación a los espacios objeto del presente convenio y las actividades que se realicen como consecuencia del mismo, de los aspectos relacionados con los planes de evacuación y seguridad de las instalaciones y de acceso a las mismas.

5. La Universidad Autónoma de Madrid asumirá íntegramente la responsabilidad jurídica y económica correspondiente como titular de la actividad a que se destinan los espacios objeto del presente convenio. Será de su exclusiva responsabilidad, particularmente, la provisión del personal docente y no docente del centro, su contratación y el cumplimiento de las obligaciones consiguientes contraídas, así como la provisión de cuantos recursos materiales sean necesarios para el desarrollo de su actividad.

6. La Universidad Autónoma de Madrid se responsabilizará, como titular de la actividad que se desarrolle en los espacios objeto de autorización de uso, de suscribir y mantener actualizadas, durante la vigencia del convenio, las pertinentes pólizas de seguros para la cobertura de los riesgos de accidentes y responsabilidad civil en las instalaciones del IES “Beatriz Galindo” objeto de este convenio, y, asimismo, de los riesgos de responsabilidad civil de todas las personas dependientes del Instituto Confucio de Madrid mientras permanezcan en el recinto del IES “Beatriz Galindo”.

7. La Universidad Autónoma de Madrid se abstendrá de acometer actuación alguna de reforma o modificación en las instalaciones del IES Beatriz Galindo objeto de este convenio sin la previa autorización de la dirección del IES “Beatriz Galindo”, y se responsabilizará de mantener en perfecto estado de conservación las instalaciones y equipamientos definidos en la cláusula tercera.

8. La Universidad Autónoma de Madrid llevará a cabo una aportación económica anual a la Comunidad de Madrid conforme se establece en la cláusula cuarta.

9. La Universidad Autónoma de Madrid ofertará, con carácter extracurricular y a través del Instituto Confucio de Madrid, un programa de lengua china dirigido a todos los niveles educativos y alumnos del Instituto “Beatriz Galindo”, conforme se detalla en el Anexo de este convenio.

Los alumnos que superen este programa podrán matricularse en los cursos regulares del Instituto Confucio de Madrid, quien concederá un mínimo de dos becas completas de matrícula anualmente entre los alumnos del centro, pudiéndose conceder más becas en función del número de alumnos matriculados.

En este sentido, las becas que excedan de las dos mínimas que han de concederse podrán adjudicarse a alumnos de otros institutos de educación secundaria de la Comunidad de Madrid. La adjudicación de estas becas se hará de acuerdo con la dirección del Instituto “Beatriz Galindo” y la Consejería de Educación y Juventud, en base a criterios de excelencia en los resultados académicos de los alumnos. Los alumnos que resulten becados, como alumnos del Instituto Confucio de Madrid, tendrán los mismos derechos que el resto de los alumnos del Instituto y concretamente tendrán acceso a todas las convocatorias de becas y campamentos de verano que se ofrezcan para ampliar sus estudios en China.

El personal de administración y servicios y el profesorado del IES “Beatriz Galindo” podrán matricularse en los cursos regulares y se beneficiarán de los mismos descuentos que el personal de la Universidad Autónoma de Madrid.

Quinta

Pago

La tasa anual recogida en la cláusula segunda se hará efectiva conforme a lo establecido en el capítulo LXIX del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Por su parte, la aportación económica recogida en la cláusula cuarta se llevará a cabo en un libramiento anual, que se producirá antes del 30 de noviembre de cada año. Esta cantidad ascenderá a 15.000 euros anuales o importe proporcional en el caso de anualidades no completas.

El ingreso se llevará a cabo en la cuenta de Arqueo de la Comunidad de Madrid en la entidad financiera de Bankia (2038-*****) en concepto de “Contraprestación por ocupación temporal espacios IES Beatriz Galindo”.

Sexta

Comisión de Seguimiento

La coordinación y supervisión de las actuaciones derivadas del presente convenio corresponderá a una comisión técnica integrada por los siguientes miembros:

— Dos representantes de la Consejería de Educación y Juventud, uno de los cuales actuará como Presidente. Serán designados por el titular de la Dirección General con competencias en materia de desarrollo y fomento de las relaciones de coordinación y cooperación de los centros docentes con diferentes instituciones y organismos.

— Dos representantes de la Universidad Autónoma de Madrid, designados por el órgano competente conforme a la normativa de aplicación de la Universidad.

Esta comisión se reunirá preceptivamente una vez al año y siempre que las necesidades o el interés de la adecuada gestión del desarrollo del convenio lo requieran.

Esta comisión se regirá según lo establecido en la sección 3 del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, donde se contienen normas de aplicación para órganos colegiados.

Esta comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, resolviendo los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del mismo, según lo establecido en el artículo 49.f), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima

Régimen jurídico

La naturaleza jurídica de este convenio es administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Madrid.

Octava

Protección de menores

Las partes firmantes se comprometen a cumplir lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil, y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Novena

Protección de datos

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la normativa nacional que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la que se encuentre vigente en cada momento.

Décima

Plazos de vigencia

Lo recogido en el presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde el momento de su firma.

No obstante, con el acuerdo de ambas partes, podrá ser objeto de prórroga en los términos recogidos en el artículo 49.h) de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 4.3.h) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. Todo ello sin perjuicio de lo recogido en el apartado 3 del artículo 11 del Decreto 11/2018, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen de utilización de los inmuebles e instalaciones de los centros educativos públicos no universitarios en la Comunidad de Madrid.

La prórroga quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Universidad Autónoma de Madrid.

Undécima

Régimen de modificación

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en tanto no se establece una regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Duodécima

Extinción y resolución

De conformidad con el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes, cualquiera de ellas podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. No obstante, las partes convendrán lo necesario para prestar la continuidad del servicio educativo hasta la finalización del curso completo de modo que no se vea perjudicado el alumnado.

Según el artículo 51.1 de dicha Ley, serán causas de extinción de este convenio, el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causas de resolución, recogidas en el artículo 51.2.

Asimismo, serán causas de revocación las recogidas en el artículo 7 del Decreto 11/2018, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen de utilización de los inmuebles e instalaciones de los centros educativos públicos no universitarios en la Comunidad de Madrid.

Los efectos de la resolución del convenio son los contenidos en el artículo 52 de la citada Ley.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio de Colaboración y sus Anexos.

Madrid, a 28 de mayo de 2021.—El Consejero de Educación y Juventud en funciones, Enrique Ossorio Crespo.—El Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, Rafael Garesse Alarcón.

ANEXO

PROGRAMA DE LENGUA CHINA PARA ALUMNOS DEL IES BEATRIZ GALINDO

El programa de lengua china extracurricular que el Instituto Confucio de Madrid ofertará a los alumnos del IES Beatriz Galindo se basa en las siguientes condiciones:

A) Será gratuito durante dos cursos lectivos.

B) El número máximo de alumnos por nivel será de 50.

C) Está dirigido y abierto a todos los niveles de enseñanza del IES Beatriz Galindo.

El Instituto Confucio de Madrid otorgará certificados académicos a los alumnos que hayan superado estos cursos.

Con el objetivo de profundizar la formación del alumnado del IES Beatriz Galindo en la lengua y cultura china, los alumnos que superen satisfactoriamente el programa de dos cursos lectivos de lengua china extracurricular, y deseen continuar estudiando en la sede del Instituto Confucio de Madrid tendrán un descuento del 10 por 100 en la matrícula de cursos y talleres, durante un período de cinco años.

Los alumnos del IES Beatriz Galindo que estén matriculados en este programa de lengua china extracurricular serán considerados como alumnos del ICM para la matrícula en los exámenes oficiales de chino HSK, HSKK y BCT, y gozar del descuento correspondiente.

Los alumnos del IES Beatriz Galindo que hayan estado matriculados en este programa de lengua china extracurricular, y de acuerdo con su desempeño académico, serán merecedores de solicitudes preferentes para la beca del campamento de verano anual que organiza el Instituto Confucio de Madrid junto a la Universidad de Estudios Internacionales de Shanghai.

El Instituto Confucio de Madrid otorgará como mínimo dos becas de excelencia anualmente a los estudiantes del programa de lengua china extracurricular.

(03/20.235/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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