Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210621-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

113
Madrid número 14. Procedimiento 1226/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA LAURA CARRIÓN GÓMEZ, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1226/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON JUAN LUIS GRAJERA MARCOS, DON JORGE MIGUEL ROSERO TORRES, DOÑA MARIA DEL CARMEN DURAN VELASCO y DOÑA SONIA NOEMI CHOCO FAJARDO frente a SERVICIOS DEL MANIPULADO 2005, S. L., y ENCUADERNACIÓN LANZA, S. A., sobre despidos/ceses en general se han dictado las siguientes resoluciones cuya parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a 21 de mayo de 2021.

FALLO

Estimando la demanda formulada por DOÑA SONIA NOEMI CHOCO FAJARDO frente a SERVICIOS DEL MANIPULADO 2005, S. L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido por causas objetivas articulado sobre dicho trabajador con fecha 30/9/2020, declarando la extinción de la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, a abonar a la demandante la cantidad de 29.355,20 euros más otros 11.598,74 euros correspondientes a salarios de tramitación.

Estimando la demanda formulada por DOÑA MARIA DEL CARMEN DURAN VELASCO frente a SERVICIOS DEL MANIPULADO 2005, S. L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido por causas objetivas articulado sobre dicho trabajador con fecha 30/9/2020, declarando la extinción de la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, a abonar a la demandante la cantidad de 94.638,54 euros más otros 30.625,52 euros correspondientes a salarios de tramitación.

Estimando la demanda formulada por DON JUAN LUIS GRAJERA MARCOS frente a SERVICIOS DEL MANIPULADO 2005, S. L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido por causas objetivas articulado sobre dicho trabajador con fecha 30/9/2020, declarando la extinción de la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, CONDENANDO A LA DEMANDADA a abonar al demandante la cantidad de 26.506,95 euros más otros 12.451,52 euros correspondientes a salarios de tramitación.

Estimando la demanda formulada por DON JORGE MIGUEL ROSERO TORRES frente a SERVICIOS DEL MANIPULADO 2005, S. L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido por causas objetivas articulado sobre dicho trabajador con fecha 30/9/2020, declarando la extinción de la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, CONDENANDO A LA DEMANDADA a abonar al demandante la cantidad de 42.671,81 euros más otros 17.186,08 euros correspondientes a salarios de tramitación.

Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por DOÑA SONIA NOEMI CHOCO FAJARDO, DOÑA MARIA DEL CARMEN DURAN VELASCO, DON JUAN LUIS GRAJERA MARCOS y DON JORGE MIGUEL ROSERO TORRES frente a ENCUADERNACIÓN LANZA, S. A., absolviendo a la demandada de todos los pedimentos instados en su contra.

Notifíquese la presente a la partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación.

AUTO

En Madrid, a 25 de mayo de 2021.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda subsanar la omisión advertida en Sentencia de fecha 24/5/2021, consistente en la omisión del número de sentencia, en los siguientes términos:

Donde dice: SENTENCIA.

Debe decir: SENTENCIA N.º 201/2021.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos. Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ENCUADERNACIÓN LANZA, S. A., y SERVICIOS DEL MANIPULADO 2005, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 25 de mayo de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.213/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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