Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210623-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de junta de gobierno local de fecha 18 de junio de 2021 (punto 23) por el que se convocan las subvenciones para el programa “Pintamos la escuela” correspondientes al año 2021.

BDNS 570944

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:

— (7) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada (gestionadas por cooperativas o sociedades de enseñanza

— (2) Casas de Niños de titularidad Municipal de Fuenlabrada.

— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.

— (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada.

— (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo. Objeto.—Se subvencionan trabajos de pintura realizados en espacios y elementos exteriores e interiores en inmuebles de centros educativos de titularidad municipal para mejorar su estado.

Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021. Las actividades para financiar incluidas en esta convocatoria 2021 deberán ser diferentes en cuanto a los espacios y elementos pintados a las solicitadas en la convocatoria de 2020 que se ejecuten en el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la partida presupuestaria 5031/326/48900. El importe máximo asignado a cada centro se establece según el siguiente baremo:

a) Escuelas Infantiles Municipales: 1.922,80 euros máximo.

b) Casas de Niños Municipales: 1.619,20 euros máximo.

c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.

d) Centro Público de Educación Permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.

e) Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria: 3.845,60 euros máximo.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aportando el impreso de solicitud correspondiente acompañado de la documentación necesaria (artículo 5) en el Registro General de entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o preferentemente de forma telemática a través de los Registros Telemáticos de las Administraciones Públicas.

Sexto. Otros datos.—Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 15 de febrero de 2022, inclusive.

Fuenlabrada, a 21 de junio de 2021.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/21.763/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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