Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210623-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 3 de junio de 2021, por el que se aprueban las bases de la segunda convocatoria para la concesión de ayudas económicas destinadas a gastos asociados a la vivienda habitual, para familias que se han visto afectadas por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y para familias en situación de desempleo anterior al 1 de enero de 2021, que rigen la convocatoria de subvenciones para 2021.

BDNS (Identif.): 570182

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web municipal (http://www.aytosanlorenzo.es):

Primero. Objeto.—La finalidad de la presente subvención es la de contribuir a sufragar parte de los gastos ordinarios de la vivienda habitual distintos de los de hipoteca o alquiler, tales como suministros y servicios (luz, agua, gas, teléfono, Internet, seguro del hogar, etcétera) de propietarios, usufructuarios o arrendatarios, que como consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19 hayan cesado en su actividad profesional, estén incursos en un expediente regulador temporal de empleo (ERTE) o que su situación de situación de desempleo sea anterior al 1 de enero de 2021. Todas estas circunstancias han de mantenerse en la fecha de la solicitud de la ayuda.

Segundo. Beneficiarios, requisitos e incompatibilidad.—1. Para poder solicitar estas ayudas es requisito acreditar el estar incurso en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), un despido, un cese de actividad profesional originado la crisis sanitaria originada por el COVID-19, o estar desempleado antes del 1 de enero de 2021. Todas estas circunstancias han de mantenerse en la fecha de la solicitud.

2. Para poder solicitar estas ayudas es requisito que el solicitante y toda su unidad familiar sean españoles o extranjeros con residencia legal en España. En ambos casos, es decir, tanto españoles como extranjeros con residencia legal, han de acreditar estar empadronados en San Lorenzo de El Escorial antes del día 1 de enero de 2021.

3. No podrán optar a la presente subvención quienes ostenten la titularidad inmobiliaria de más de un inmueble en todo el territorio nacional (vivienda, terreno, solar, parcela, local, nave, etcétera), excluida la vivienda habitual, siendo el titular el solicitante de la ayuda o cualquier miembro de la unidad familiar.

4. No podrán acceder a la presente subvención aquellos que accedan a otro tipo de ayudas gestionadas desde los servicios sociales, para los mismos conceptos.

5. No podrán solicitar esta ayuda quienes estén incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

6. El solicitante no podrá acceder a esta subvención cuando él o alguno de los miembros de la unidad familiar mantenga deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

7. Para poder optar a la presente subvención, el solicitante debe ser una persona física, que además sea titular del derecho de propiedad o copropiedad sobre la vivienda o del derecho de arrendamiento o del derecho de usufructo sobre la referida vivienda y que acredite que deba hacerse cargo de los gastos de la misma (gastos distintos de los de la hipoteca o el alquiler).

8. No podrá optar a la presente subvención el propietario titular del inmueble cuando el valor catastral del mismo en el año de la convocatoria sea superior a 160.000,00 euros.

9. No podrán solicitar esta ayuda los miembros de las unidades familiares que ya fueron beneficiarios de la primera convocatoria de estas ayudas económicas.

10. Para poder optar a la presente subvención, los ingresos de la unidad familiar en el período comprendido entre el día 1 de enero al día 31 de mayo de 2021, deberán ajustarse a los mínimos y máximos previstos en la siguiente tabla, con referencia al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensuales (en adelante, IPREM 1 = 564,90 €).

Tercero. Lugar y plazo de solicitud.—La documentación necesaria para solicitar esta ayuda se presentará en los diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida en el Área de Educación, sita en la calle Francisco Muñoz, número 2, planta alta, en horario de 9:00 a 14:00 horas, o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En San Lorenzo de El Escorial, a 3 de junio de 2021.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/21.346/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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