Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210624-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6

86
Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 314/2020

EDICTO

En este Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Colmenar Viejo se siguen autos de procedimiento ordinario entre el banco Cetelem y don Eduardo Samuel Altamirano Díaz, en reclamación de 12.569,15 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 18/2021

En Colmenar Viejo, a 29 de enero de 2021.—Vistos por, doña Raquel Sánchez Escobar, magistrada-juez de primera instancia e instrucción número 6 de esta ciudad y de su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 314/2020, de reclamación de cantidad, promovido por el procurador de los tribunales don Manuel Martínez de Lejarza Ureña, en nombre y representación del banco Cetelem contra don Eduardo Samuel Altamirano Díaz, en situación legal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Manuel Martínez de Lejarza Ureña, en nombre y representación del banco Cetelem contra don Eduardo Samuel Altamirano Díaz, en situación legal de rebeldía, condeno al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 12.569,15 euros más intereses. Con expresa condena en costas al demandado.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a don Eduardo Samuel Altamirano Díaz, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente.

En Colmenar Viejo, a 21 de mayo de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(02/21.019/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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