Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210625-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

104
Madrid número 84. Procedimiento 872/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 872/2020, entre D. Antonio Sanmartín Conde y D.a Guillermina Guzmán Rodríguez Navacerrada frente a D. Sergiy Gromov, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por D. Antonio Sanmartín Conde y D.a Guillermina Guzmán Rodríguez Navacerrada representados el procurador Sr. Rico Maesso contra D. Sergiy Gromov debo condenar y condeno al demandado a abonar a los demandantes, la cantidad de 6752,21 euros, hasta diciembre 2020, fecha en que las partes por acuerdo resolvieron el contrato, en concepto de rentas vencidas más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda con imposición de las costas causadas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil); previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2980-0000-03-0872-20 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2980-0000-03-0872-20.

Así lo acuerda manda y firma.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a D. Sergiy Gromov expido y firmo la presente en Madrid, a 6 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.114/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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