Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2021

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210625-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Móstoles. Régimen eonómico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones a peñas del municipio de Móstoles para el año 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2000, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

BDNS: 570786

Primero. Beneficiarios.—Peñas inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles y que cumplan con los requisitos generales establecidos en el apartado 4.

Segundo. Objeto.—Esta convocatoria tiene por objeto subvencionar los programas y proyectos a desarrollar por cada entidad solicitante.

Se considerarán programas las actividades y proyectos que, con carácter propio y diferenciado de las actividades habituales de la entidad, contengan unos objetivos concretos, un desarrollo preciso, determinado en el tiempo, unos sistemas de evaluación de dichos objetivos y un coste independiente de aquella.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras fueron aprobadas por acuerdo 4/364, del día 11 de mayo 2021, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo de 2021.

Igualmente están publicadas en la web del Ayuntamiento de Móstoles:

http://www.mostoles.es/Festejos/es/informacion-festejos/bases-reguladora...

Cuarto. Cuantía.—El importe destinado a esta convocatoria asciende a 36.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 32-3381-48905.

Quinto. Plazo y presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La solicitud se realizará mediante el registro de la documentación del anexo I de las bases reguladoras. Este registro se realizará según se establece en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Móstoles, a 25 de mayo de 2021.—El concejal de Mejora y Mantenimiento de los Espacios Públicos, David Muñoz Blanco.

(03/21.620/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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