Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210625-97

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

OFERTAS DE EMPLEO

97
Valdemorillo. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local, en sesión de 8 de junio de 2021, acordó aprobar las siguientes

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL A TIEMPO COMPLETO PARA EL PUESTO DE SOCORRISTA PARA LA PISCINA MUNICIPAL DEHESA DE LOS GODONALES DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

1. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es la contratación en régimen laboral temporal, a tiempo completo, de dos socorristas para la piscina municipal durante la temporada de 2021, del 1 de julio al 5 de septiembre.

La contratación se hará en régimen de derecho laboral temporal, mediante la modalidad de contrato de duración determinada por prestación de servicios.

2. Modalidad contractual.—Las modalidades contractuales elegidas serán la de contrato de trabajo de duración determinada por servicio a tiempo completo (40 de horas semanales de lunes a domingo con los descansos que correspondan), conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto Legislativo, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.

El presente contrato quedará condicionado a las posibles incidencias y/o modificaciones que pudiesen presentarse con motivo de la situación excepcional en la que nos encontramos actualmente debido a la pandemia del COVID-19, por ello el presente contrato podría cancelarse de manera unilateral, si las circunstancias así lo requiriesen.

Funciones: Las propias inherentes al puesto de socorrista.

Los socorristas acuáticos siempre se hallarán presentes en las instalaciones deportivas durante el período de horario de apertura y hasta el cierre y cumplirán con las funciones de:

— Salvar a bañistas en peligro de ahogarse.

— Colaboración con los servicios médicos en la aplicación de primeros auxilios y en el traslado de accidentados.

— Vigilancia permanente de los vasos y aledaños a los mismos, estando preparados para intervenir si fuera necesario.

— Supervisión del correcto estado de los vasos y los distintos elementos que afecten al baño para el correcto desarrollo de su actividad.

— Velarán por el cumplimiento de las normas de seguridad evitando situaciones de riesgo por parte de los bañistas.

— Informarán de las incidencias o anomalías en el servicio a sus inspectores superiores, a través de un parte diario de novedades.

— Realizar las atenciones, curas de urgencia y primeros auxilios a los posibles accidentados.

— Controlar exhaustivamente a los usuarios en los vasos y las acciones realizados por estos.

— Controlar el botiquín, materiales y productos medicinales almacenados.

— Registrar las incidencias en el Libro de Registro del Socorrista.

— Control del aforo de la instalación, y determinar en caso necesario la limitación del acceso a la misma.

— Determinar el abandono de la instalación por parte de los usuarios en caso de tormentas, inclemencias meteorológicas o acontecimientos que así lo aconsejen.

— Mantenimiento de la limpieza del área de las piscinas (pasar diariamente y cuando el mantenimiento de la higiene lo requiera el limpia fondo, mantener la superficie del agua de las piscinas libre de hojas e insectos, control ph, añadir cloro, recogida y limpieza papeleras. Todo ello diariamente.

— Que se cumpla con la normativa COVID en materia sanitaria.

— Cualquier otra que se le encargue por parte de la Concejalía de Deportes relacionada con su puesto de trabajo.

3. Instancias.—Las solicitudes dirigidas al alcalde, se ajustarán según modelo que consta en el Anexo I, se presentarán en el Registro General de la Corporación en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas), y/o a través de la página aytovaldemorillo.sedelectronica.es, durante el plazo de siete días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Igualmente podrán presentarse las instancias dentro del plazo señalado de acuerdo con lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los aspirantes deberán manifestar en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base siguiente.

4. Requisitos de los aspirantes y documentación a aportar.—Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

— Tener cumplidos los 18 años de edad.

— Estar vigente y en posesión del título de Primeros Auxilios y Socorrismo.

— No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de su función.

— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Documentación a aportar:

— Modelo de Solicitud.

— DNI o documento equivalente.

— Titulación; Primeros Auxilios y Socorrismo.

— Copia del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente.

— Certificado de delitos de naturaleza sexual.

— Vida laboral (a efectos de valoración de la experiencia laboral).

— Demás documentación que justifiquen los méritos correspondientes.

5. Selección.—El presente proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de méritos:

Fase de concurso:

5.A. Fase de Concurso. Máximo 10 puntos.

Por antigüedad como demandante de empleo: máximo 2 puntos. Este apartado se valorará de forma ponderada, esto es se otorgará la máxima puntuación a la persona con la mayor antigüedad y al resto de participantes en forma ponderada.

Por no cobro de ningún tipo de prestación por desempleo/subsidio: 2 puntos.

Por titulación “desfibrilación externa automatizado DEA”, 1 punto.

Por titulación de “monitor acuático”, 1 punto.

Por titulación de “técnico de mantenimiento de piscinas”, 1 punto.

Experiencia en el puesto de trabajo ofertado:

— 1 temporada: 1 punto.

— 2 temporadas ó más: 2 puntos.

En caso de empate se decidirá por sorteo al cual serán convocados los aspirantes que hayan obtenido la misma documentación.

5.B. Calificaciones. Puntuación Final.

La suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso determinará la calificación final obtenida por los aspirantes, siendo propuesto para el puesto de trabajo las personas que mayor puntuación obtengan, pudiéndose proponer tan sólo dos personas, pudiendo quedar en bolsa de trabajo, por orden de puntuación obtenida, el resto de las personas.

6. Composición del tribunal.—El tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

— Presidente.

— Secretario.

— Vocales titulares.

Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. En todo caso, se requiere la asistencia efectiva del Presidente y del Secretario o de quienes legalmente les sustituyan.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presiente del Tribunal.

7. Desarrollo del proceso selectivo y propuesta de contratación.—El Tribunal se reunirá en sesión única, una vez finalizado el período de presentación de solicitudes o, en su caso, una vez finalizado el plazo concedido para la subsanación de las mismas, al objeto de valorar los méritos aportados por los aspirantes.

Una vez realizada la valoración de estos méritos se expondrán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, los aspirantes que hayan superado la fase de concurso con las puntuaciones obtenidas por cada uno de ellos y se elevará propuesta a la Alcaldía para proceder a la contratación de los dos aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación.

Los aspirantes propuestos deberán presentar la documentación que se le requiera a fin de la formalización del correspondiente contrato laboral de acuerdo con la legislación vigente, en el plazo máximo de 2 días a contar desde la publicación del resultado del concurso en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Se constituirá lista de espera a efectos de cubrir las posibles bajas que se produzcan durante la duración de los contratos de trabajo.

8. Declaración expresa.—No podrá declararse superado el proceso selectivo por mayor número de aspirantes que plazas convocadas.

9. Interpretación de estas bases.—Se faculta al Tribunal de selección para la interpretación y resolución de todas las incidencias que pudieran surgir durante el proceso de selección, en todo lo no expresamente previsto en estas bases y de acuerdo, en todo caso, con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Valdemorillo, a 11 de junio de 2021.—El alcalde-presidente, Santiago Villena Acedos.

(02/21.043/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210625-97