Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210629-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

145
Móstoles número 2. Procedimiento 286/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 286/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. Borja López Tapiador Frente A Solaria Ingeniería y Construcción Fotovoltaica SL, Grupo Teofi SL, Duran Redes y Comunicaciones SL y Bester Generación SLU sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Estimo la demanda formulada por D. BORJA LÓPEZ TAPIADOR frente a Solaria Ingeniería y Construcción Fotovoltaica SL, Bester Generación SLU, Durán Redes y Comunicaciones SL y Grupo Teofi SL, y condeno a las empresas Solaria Ingeniería y Construcción Fotovoltaica SL, Bester Generación SLU, Durán Redes y Comunicaciones SL y Grupo Teofi SL, de manera solidaria, a abonar al actor la cantidad de 1.279,41, con más 127,94 euros en concepto de 10% de interés por mora.

Se imponen las costas del proceso a la empresa Duran Redes y Comunicaciones, S.L., incluidos los honorarios del Sr. Ltdo. de la parte actora, con el límite legalmente establecido.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO TEOFI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a tres de junio de dos mil veintiuno.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.277/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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