Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210701-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

114
Madrid número 80. Procedimiento 87/2020

EDICTO

D./Dña. ÁNGELES GARRIGOS CASTEJÓN, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 80.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso num. 87/2020 instados por Procurador D./Dña. GEMMA GOMEZ CORDOBA en nombre y representación de D./Dña. EDELMIRA MORENO AGUÑA contra D./Dña. JUAN ARIEL MUÑOZ en los que se ha dictado en fecha 01/10/2020 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que debo ESTIMAR y ESTIMO la demanda interpuesta por DOÑA EDELMIRA MORENO AGUÑA representada por la Procuradora de los Tribunales doña Gemma Gómez Córdoba contra DON JUAN ARIEL MUÑOZ en rebeldía DECLARO DISUELTO POR CAUSA DE DIVORCIO el matrimonio contraído por los litigantes el 10 de marzo de 2005 acordando:

1.- Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2.- La disolución del régimen económico matrimonial de gananciales.

3.- No ha lugar a adoptar ninguna otra medida al no existir descendencia.

Todo ello sin expresa imposición de las costas causadas.

Expídase el oportuno despacho para la comunicación y anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio, en el Registro Civil correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, siendo competente para conocer del mismo la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. JUAN ARIEL MUÑOZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 1 de octubre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/21.580/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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