Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210701-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

147
Madrid número 29. Ejecución 93/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 29 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 93/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NICOLAS LEONARDO OZUNA JAIME frente a SOMOS INVENCIBLES S.L y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución: AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Se DECLARA EXTINGUIDA la relación laboral que unía a D. NICOLÁS LEONARDO OZUNA JAIME con SOMOS INVENCIBLES, S.L.., con efectos de 1.06.2021, condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

NOMBRE TRABAJADOR: D. NICOLÁS LEONARDO OZUNA JAIME INDEMNIZACIÓN: 2.196,70 EUROS

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 12.773,50 EUROS.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2802-0000-64-0093-21 y para pagos en ventanilla 2802-0000-64-0093-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOMOS INVENCIBLES S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de junio de dos mil veintiuno.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.607/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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